REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
Juzgado Cuarto Ejecutor de Medidas de los Municipios
Maracaibo, Jesús Enrique Lossada, San Francisco, Mara, Páez y Almirante Padilla
Circunscripción Judicial del Estado Zulia

En horas de Despacho del día de hoy, 17 de Mayo del año dos mil seis, siendo las 10:05 A.M.. ,de conformidad con lo acordado , se traslado y constituyó éste JUZGADO CUARTO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, PAEZ Y ALMIRANTE PADILLA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en las oficinas de la PROCURADURIA DEL ESTADO ZULIA, ubicada en el edificio DON DIEGO, piso 3, Casco Central, calle Obispolazo, Municipio Autónomo Maracaibo del Estado Zulia, a objeto de llevar a efecto la medida de Embargo , comisionada por el JUZGADO DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA. SALA DE JUICIO- JUEZ UNIPERSONAL Nro.02, con motivo el juicio de DIVORCIO ORDINARIO, incoado por la ciudadana: TIBISAY DEL CARMEN OROPEZA, titular de la cédula de identidad No.V-7.892.465, contra el ciudadano: EMIRO ANGEL FERNANDEZ RODRIGUEZ, titular de la cédula de identidad Nro. V-10.407.794.- Presente el (la) ciudadano (a) JHOANNA PAZ A., titular de la cédula de identidad No. V- 13.495.961, quién se identifico con el carácter de: ABOG. ADJUNTA A DIRECCION LEGAL. El Tribunal le notificó que el Juzgado de la causa, decretó MEDIDA DE EMBARGO, al ciudadano: EMIRO ANGEL FERNANDEZ RODRIGUEZ, titular de la cédula de identidad No.V-10.407.794: sobre: EL CINCUENTA POR CIENTO (50%) sobre los siguientes conceptos: Vacaciones, Utilidades, Antigüedad, Prima por Patrullaje, Bono por servicio activo, bonificaciones especiales, fideicomiso, primas por hogar y Prestaciones Sociales que le correspondan al demandado en auto, como INSPECTOR JEFE, activo de la POLICIA REGIONAL DEL ESTADO ZULIA.- Seguidamente este Tribunal CUARTO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, PAEZ Y ALMIRANTE PADILLA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Declara EMBARGADO , los conceptos antes indicados, asimismo se le hace saber al notificado que las cantidades a Embargar en los conceptos antes mencionados, deberán ser remitidas mediante cheque de gerencia a nombre del JUZGADO DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA. SALA DE JUICIO- JUEZ UNIPERSONAL Nro 02, ubicada en la avenida 4 Bella Vista, frente a la Iglesia Corazón de Jesús, Edificio Arauca, Área de los Anexos, igualmente se le hace saber al notificado que a partir de la presente fecha comenzaran las retenciones a que se refiere la presente medida.- El Notificado Expuso: “: Me doy por notificado de la medida de ejecución que en este acto se ejecuta a reserva de verificar : PRIMERO: Si el demandado presta sus servicios como Inspector Jefe, activo de la Policía Regional de Estado Zulia; SEGUNDO: La existencia de cualquier otra medida preventiva o ejecutiva practicada con anterioridad a la presente.- En este estado el tribunal ordena expedir copia de la presente acta y su entrega a la persona notificada.- Este Tribunal comisionado le dio estricto cumplimiento a la ejecución de la presente medida, a lo establecido en la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela, en referencia a la Gratuidad de la Justicia, artículos 254 y 26 segundo aparte de la norma citada, así lo hacen constar las partes, intervinientes y firmantes de la presente acta.- Es todo.- Terminó se leyó y conforme firman, concluyó el acto, siendo 10:10 a.m.-
LA JUEZA,


ABOG. ZIMARAY CARRASQUERO


EL (LA) NOTIFICADO (A),




LA SECRETARIA,


ABOG. LUZ MARINA MONTIEL


ZC/gonzalez b.
Comis. No. 3139-2006
Exped. No. 08065