REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS CABIMAS, SANTA RITA, SIMÓN BOLIVAR, LAGUNILLAS, VALMORE RODRÍGUEZ, MIRANDA Y BARALT
DESPACHO DE MEDIDA Nº 4025
En el día de hoy diecisiete (17 ) de Mayo de 2.006, siendo las diez y cuarenta de la mañana traslado y constituyó el JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS CABIMAS, SANTA RITA, SIMON BOLIVAR, LAGUNILLAS, VALMORE RODRIGUEZ, MIRANDA Y BARALT DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en la sede de la Empresa ESTIZULIA, ubicada en el Complejo Petroquímico El Tablazo, en el Municipio Miranda del Estado Zulia, a objeto de ejecutar Medida de Embargo Preventivo, decretada por el JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en Cabimas. En el Juicio de ALIMENTOS, seguido por la ciudadana GUILLERMINA DE JESUS ROMERO CLAVEL, titular de la cedula de identidad Nº 7.869.684, en contra del ciudadano VICTOR JOSE FARIA NARANJO, titular de la cedula de identidad Nº V-5.716.791. Seguidamente el tribunal procede a notificar del motivo de su traslado y constitución en el lugar al o la ciudadano(a) MARIETTA MENDEZ, titular de la cédula de identidad N° 11.255.700, en su condición de Gerente de Recursos Humanos.En este estado presente la abogada en ejercicio EDITH BETANCOURT DE OCHOA, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 31.209, actuando con el carácter de Apoderada judicial de la parte actora, ciudadana GUILLERMINA DE JESUS ROMERO CLAVEL, expuso: Pido al tribunal se sirva ejecutar la medida de embargo preventivo decretada por el juzgado de la causa.