REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Circuito Judicial Penal del Estado Monagas
Tribunal Primero de Control Sección Adolescente
Maturín, 22 de Mayo de 2006
196º y 147º


ASUNTO PRINCIPAL : NP01-D-2005-000195
ASUNTO : NP01-D-2005-000195
JUEZ: ABG. LILIAM LARA ANDARCIA

SECRETARIA: ABG. LAURA VELASQUEZ

IMPUTADA: YOLIMAR MARTINEZ

VICTIMA: LUIS ALEJANDRO BASTARDO

FISCAL 10°: ABG. MIRIAN GARELLI

MOTIVO: SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO




Revisadas como han sido las presentes actuaciones, se evidencia que por auto de fecha Veinte (20) de Mayo del 2005, este Tribunal Primero de Control Decreto el Sobreseimiento Provisional de la causa seguida a la ciudadana YOLIMAR MARTINEZ, por la presunta comisión del delitos de LESIONES PERSONALES LEVES previsto y sancionado en el artículo 416 del Código Penal Vigente, en perjuicio del ciudadano Luis Alejandro Bastardo, este Tribunal para decidir observa:


UNICO:

En fecha Veinte (20) de Mayo del 2005, este Tribunal Decretó el Sobreseimiento Provisional de la causa, a solicitud del Ministerio Público como dueño de la acción penal, por considerar la representación fiscal, que no tenia la posibilidad inmediata de incorporar nuevos elementos a la investigación que le permitieran ejercer la acción.

Igualmente se observa que de conformidad con lo establecido en el articulo 562 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente el cual establece: ”Si dentro del año de dictado el sobreseimiento provisional no se solicita la reapertura del procedimiento , el Juez de Control pronunciara el sobreseimiento definitivo.“(Negritas d el Tribunal).

Del análisis del artículo, así como de los elementos existentes en las actuaciones se desprende que se dictó el Sobreseimiento Provisional, y hasta la presente fecha ninguna de las partes presentó solicitud de reapertura de la investigación, considerando este Tribunal que lo procedente es Decretar el Sobreseimiento Definitivo de la Causa. Y así se decide.-

DISPOSITIVA

En virtud de todo lo antes expuesto, este Tribunal Primero de Control Sección Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas, Administrando Justicia En Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO DE LA CAUSA, seguida a la ciudadana YOLIMAR MARTINEZ, por haber transcurrido Un (01) año de Decretado el Sobreseimiento Provisional, todo de conformidad con lo establecido en el articulo 562 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescentes. En consecuencia, se Decreta su Libertad Plena. Notifíquese a las partes y Líbrese lo conducente. Cúmplase.
LA JUEZ,

ABG. LILIAM LARA ANDARCIA

LA SECRETARIA,

ABG. LAURA VELASQUEZ.-