REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DECIMO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO. EXTENSIÓN MARACAIBO.

En el día hábil de hoy, 10 de Julio de 2006, siendo las tres de la tarde, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, comparecen los ciudadanos JOSE NIEVES PEROZO CASANOVA y la empresa ALMACENADORA SAIVER C.A. en su carácter de parte actora y demandada respectivamente, debidamente asistidos por Abogados o representados por Apoderados Judiciales, abogados DANIEL REYEZ ,apoderado actor y ELEAZAR GONZALEZ OSORIO, apoderado de la demandada, este Tribunal deja constancia de que, no obstante; que el Juez personalmente trató de mediar y conciliar las posiciones de las partes, y que éstas comparecieron a la Audiencia Preliminar , sin lograrse la mediación, da por concluida la Audiencia Preliminar.
De conformidad con lo previsto en el artículo 74 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, se ordena incorporar, en este mismo acto, al expediente las pruebas promovidas por las partes a los fines de su admisión y evacuación por ante el Juez de Juicio.