ACTA
N° DE EXPEDIENTE: VP01-L-2006-000142
PARTE ACTORA: NERIO GARCIA
APODERADO DE LA PARTE ACTORA: Tubalcain Labarca
PARTE DEMANDADA: FUNDACION LABORATORIOS DE SERVICIOS TECNICOS PETROLEROS (FLSTP)
APODERADO DE LA PARTE DEMANDADA: Juan Ávila
MOTIVO: Prestaciones Sociales.
En el día hábil de hoy,8 de Mayo de 2006, siendo las 2:40 PM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, comparecen los ciudadanos NERIO GARCIA y FUNDACION LABORATORIOS DE SERVICIOS TECNICOS PETROLEROS (FLSTP) en su carácter de parte actora y demandada respectivamente, debidamente representados por apoderados judiciales , quienes han llegado al siguiente acuerdo, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo La parte demandada ofrece la cantidad de dieciocho millones y medio de Bolívares (18.500.000,00 Bs) para sastifacer así los conceptos reclamados en el escrito libelar, los cuales le serán entregados de la siguiente manera:el día dieciocho(18) de Junio de 2006 la cantidad de cinco millones (5.000.000,00 Bs) de Bolívares para el día quince (15) de Julio una suma igual (5.000.000,00 Bs) y para el día diez (10) de agosto de 2006 la cantidad de ocho millones quinientos mil (8.500.000,00 Bs) para completar la suma ut supra mencionada y acordada. En este estado la parte actora aceptó lo ofrecido libre de presión y con la asistencia legal correspondiente. Todos los pago serán por ante el tribunal a las diez (10:00 a.m.) . Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada .La parte demandada presento instrumento poder en original y copia los cuales luego de confrontados y verificados se ordena agregar la copia del mismo.
El Juez
La Secretaria
Abog. Frank Guanipa
Los Presentes
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