REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO. EXTENSIÓN MARACAIBO.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución
del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia
Maracaibo, diez de mayo de dos mil seis
196º y 147º

ASUNTO: VP01-L-2006-000568

AUTO

Vista el escrito de fecha de hoy, suscrito por las partes en la presente causa (actora y demandada), vale decir, por el demandante ciudadano JESÚS VERA (parte actora), titular de la Cédula de Identidad No. 14.168.015, debidamente asistido por la ciudadana Abogada TAMARA BONACCORSO y, las ciudadanas Abogadas MIREGLIA BOVES y GLENIS FUENMAYOR, quienes tienen el carácter de Abogada Sustituta del Procurador del Estado Zulia y Apoderada judicial de la reclamada FUNDACIÓN PARA LA INFRAESTRUCTURA DE LA PLANTA FÍSICA EDUCATIVA DEL ESTADO ZULIA (FUNDAEDUCA) respectivamente, contentivo de la Transacción celebrada por las mismas, este Tribunal procede de inmediato a HOMOLOGAR la misma por no ser contraria al orden público y por no violar derechos laborables de carácter irrenunciable del referido trabajador, dándole el carácter de COSA JUZGADA; razón por la cual se declara terminado el proceso siendo, por ende, que se ordena el archivo del expediente.

El Juez

Abog. Samuel Santiago Santiago

La Secretaria

Abog. Yasmely Borrego