ACTA
N° DE EXPEDIENTE: VP01-L-2005-001328
PARTE ACTORA: WILLIAM ARTEAGA RIVERO
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: JOSE LOPEZ
PARTE DEMANDADA: PROTECCION INTEGRAL EMPRESARIAL, C.A. (PROINTECA)
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: FANNY VELARDE
MOTIVO: INCUMPLIMIENTO DE BENEFICIO DE ALIMENTACION
Hoy, 11 de Mayo de 2006 día y hora fijado para que tenga lugar la prolongación de la Audiencia Preliminar, comparecieron a la misma los ciudadanos WILLIAM ARTEAGA RIVERO representado en este acto por su apoderado judicial abogado JOSE LOPEZ y PROTECCION INTEGRAL EMPRESARIAL, C.A. (PROINTECA) representada por su apoderado judicial abogada FANNY VELARDE, quienes para dar por terminado con el presente asunto han llegado al siguiente acuerdo, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. La apoderada judicial de la parte demandada ofrece a cancelar la cantidad de UN MILLON SEISSIENTOS CINCUENTA MIL BOLIVARES (1.650.000,00), en dinero en efectivo y de libre circulación en el país,. En este estado presente el ciudadano WILLIAM ARTEAGA RIVERO representado por el abogado JOSE LOPEZ, manifiesta aceptar y estar conforme con la cantidad de dinero ofrecida como pago único por todos y cada una de las pretensiones reclamadas en el libelo de demanda. Este Tribunal Quinto de Primera Instancia de Sustanciación Mediación y Ejecución del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada, dando por terminado el presente asunto y ordenando su archivo definitivo.
Se deja expresa constancia que han sido devueltos el escrito de promoción de pruebas y sus anexos presentado por las partes al inicio de la Audiencia Preliminar.-
El Juez
La Secretaria
Abog. Alexis Figueroa
Los Presentes
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