REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE EJECUCIÓN
Firme como ha quedado el Fallo dictado por el Juzgado Noveno de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, de fecha 30-01-06, en contra del penado LINO MANUEL RINCÓN PEROZO, este Tribunal de Ejecución de conformidad con lo dispuesto en el artículo 482, ultimo aparte del Código Orgánico Procesal Penal, pasa a Ejecutar dicha sentencia y en consecuencia a realizar el siguiente Cómputo Legal de Pena, así tenemos que:
El penado LINO MANUEL RINCÓN PEROZO, fueron condenado a cumplir la pena de DIEZ (10) AÑOS, DE PRISIÓN, más las accesorias de Ley, por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO, previstos y sancionado en el artículo 458 del Código Penal, cometido en perjuicio del ciudadano Marcos Castillo. Ahora bien, consta en actas que el mencionado penado fue detenido en fecha o4-07-05, tal y como se evidencia del contenido de las actas que integran la presente causa, motivo por el cual éste Juzgado de Ejecución pasa a computar el tiempo de detención que ha cumplido el referido penado durante el proceso, de conformidad con lo establecido en el artículo 482 de la novísima reforma del Código Orgánico Procesal Penal, por lo que hasta el día de hoy 08-03-06, fecha en la cual se practica el presente cómputo, lleva detenido: ocho(08) Meses Y cuatro(04) días, faltándole por cumplir: nueve(09) años, tres (03) Meses Y veintiséis (26) días. Cumplen la pena principal el día: 02-07-2015. Cumplirán una cuarta (1/4) parte de la pena para optar por el Beneficio de Destacamento de Trabajo el día: 02-01-08. Cumplirán un tercio (1/3) de la pena para optar por el Beneficio de Régimen Abierto el día: 01-11-08. Cumplirán un medio (1/2) de la pena para optar por el Beneficio de Indulto el día 03-07-2010. Cumplirán dos tercios (2/3) de la pena para optar por el Beneficio de Libertad Condicional el día 02-03-2012. Cumplirán las tres cuartas (3/4) partes de la pena para optar por el Beneficio de Confinamiento el día: 31-12-2012, así como la Sujeción a la Vigilancia de la Autoridad por una cuarta (1/4) parte del tiempo de la pena, después de terminada esta, la cumplirá el día 01-07-2017.-