República Bolivariana de Venezuela



Poder Judicial
Circunscripción Judicial del Estado Zulia
Circuito Judicial Penal
Juzgado Séptimo de Primera Instancia en Funciones de Control
Maracaibo, 20 de Marzo de 2006
195° y 147°

ACTA DE AUDIENCIA DE PRÓRROGA PARA
ACTO CONCLUSIVO DEL MINISTERIO PÚBLICO


CAUSA: 7C-5893-06 DECISIÓN N° 543-06


JUEZ: DRA. EGLEE RAMÍREZ.

SECRETARIO SUPLENTE: ABOGADO: ALEJANDRO FERNÁNDEZ

IDENTIFICACION DE LAS PARTES

MINISTERIO PÚBLICO: abog. MARIA EUGENIA MORALES TOVAR, FISCAL AUXILIAR VIGESIMA TERCERA DEL MINISTERIO PÚBLICO DE LA Circunscripción Judicial del Estado Zulia.

IMPUTADO: HUGO RAFAEL FERRER OCHOA.

LA DEFENSORA PÚBLICA SEXTA: DRA. CARMEN ELENA ROMERO.

DELITO: TRAFICO ILÍCITO DE SUSTANCIAS ESTUPÈFACIENTES Y PSICOTROPICAS.

VICTIMA: EL ESTADO VENEZOLANO

DE LA AUDIENCIA
En el día de hoy, lunes veinte (20) de marzo de Dos Mil Seis (2006), siendo las seis horas de tarde, (06:00 p.m..), la cual estaba fijada para la una de la tarde, pero se estaba ala espera del traslado del imputado de autos desde el Centro de Detenciones Preventivas “El Marite” y de la Defensa privada quien estuvo a primera hora, pero se retiró sin manifestar el motivo, por lo que se le hizo del conocimiento al imputado de actas, quien en forma voluntaria, manifestó su deseo de revocarla y que se le designara un Defensor Público, por lo cual este Tribunal lo tramitó, a solicitud del imputado, como consta en la diligencia que antecede en esta misma fecha; y luego de haber transcurrido el lapso de espera para la realización del mismo, este Tribunal Séptimo de primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia pasa celebrar la AUDIENCIA DE PRÓRROGA PARA EL ACTO CONCLUSIVO DEL MINISTERIO PÚBLICO, de conformidad con lo establecido en el cuarto aparte del artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal, para debatir en audiencia la Solicitud de Prorroga para la presentaciòn del Escrito Acusatorio, presentado en este acto por la abogada MARIA EUGENIA MORALES TOVAR, Fiscal Auxiliar Vigésimo Tercero del Ministerio Público, en contra del imputado HUGO RAFAEL FERRER OCHOA, por la presunta comisiòn del delito de DISTRIBUCIÒN ILICITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el artìculo 31 de la Ley Orgànica Contra el Trafico Ilicito y Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotropicas, en perjuicio de EL ESTADO VENEZOLANO. Se constituye el Tribunal con la presencia de la ciudadana DRA. EGLEE RAMIREZ, en su carácter de Juez en compañía del ciudadano Abogado ALEJANDRO FERNANDEZ VERGARA, en su carácter de Secretario Suplente. En su sede verificada la presencia de las partes se pudo constatar que se encuentran presentes en la audiencia el imputado HUGO RAFAEL FERRER OCHOA, previo traslado del Centro de Detenciones Preventivas “El Marite, la abogada MARIA EUGENIA MORALES TOVAR, Fiscal Auxiliar Vigésimo Tercero del Ministerio Público y su defensora la ciudadana Abogada CARMEN ELENA ROMERO, Defensora Pública Sexta de la Unidad de defensoría Pública del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia. Se da inicio al presente acto. Acto seguido declaró abierta la audiencia y concedió la palabra a la Representante Fiscal, quien expuso: “Solicito a este tribunal acuerde prorroga establecida en el artìculo 250 del Còdigo Orgánico Procesal Penal, en virtud de que hasta la presente fecha no se ha culminado con la investigación solicitada a través de la orden de inicio correspondiente, es todo”. Acto seguido el imputado de actas expuso: “Estoy de acuerdo con la prórroga en este acto, asimismo, hago del conocimiento del Tribunal que hoy no me trasladaron a Medicatura Forense y solicito la posibilidad de que ordenen mi traslado para el día jueves, ya que el miércoles recibo visita en el Retén y solicito copias de esta acta, es todo”. Acto seguido se le concedió la palabra a la defensora del imputado, quien expuso:” Acepto la prorroga solicita por la fiscal del Ministerio Pùblico, que establece claramente en el cuarto aparte del artìculo 250 del Còdigo Orgánico Procesal Penal, a fin de que obtenga el mayor esclarecimiento del hecho que se le pretende imputar a mi defendido y ratifico la solicitud de mi defendido de que sea trasladado a la Medicatura Forense en dia jueves, es todo”. En este estado esta juzgadora vista la solicitud formulada por la Representante del Ministerio Pùblico en relaciòn a la PRORROGA SOLICTADA SE DECLARA CON LUGAR dicho pedimento por cuanto el mismo se encuentra suficientemente ajustado a derecho en atención al requerimiento del titular de la acciòn penal de lo expuesto en actas; en tal sentido se deja constancia que los treinta días, tomando en cuenta que fue presentado por ante este Tribunal en fecha 19-02-2006, vencen el día 21-03-2006; por lo que LOS QUINCE DÍAS DE PRÓRROGA vencen el dìa Miércoles 05 de abril del año 2006 A LAS DOCE (12:00P.M.) DE LA NOCHE, de conformidad con lo establecido en el cuarto aparte del artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal; por lo que SE MANTIENE LA Medida Cautelar de Privación Judicial Preventiva de Libertad en su contra. Asimismo, se proveen las copias simples a la Defensa; se ordena librar oficio a la Medicatura Forense, a los fines de que lo reciba en fecha 23-03-2006, a las 8:00 de la mañana, a los fines de que sea evaluado por esa medicatura y establecer su estado de salud; y se ordena librar oficio al Centro de Arrestos y Detenciones Preventivas "El Marite", a los fines de que conozcan las resultas de esta acta. Y ASI SE DECLARA. Regìstrese la presente decisión, publìquese y compúlsese. SE DECLARA. Por los fundamentos antes expuestos, este Tribunal Séptimo de primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, administrando justicia, por autoridad de la Ley, DECIDE: PRIMERO: DECLARA CON LUGAR LA SOLICITUD DE PRORROGA PARA PRESENTAR ACTO CONCLUSIVO, solicitada por la FISCAL AUXILIAR VIGÉSIMO TERCERO del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, Abogada MARIA EUGENIA MORALES TOVAR, en la investigación N° 24-F23-0026-06, seguida al imputado HUGO RAFAEL FERRER OCHOA, plenamente identificado en actas, con lo cual ha estado de acuerdo y su defensora, por lo que vence dicha prórroga el dìa Miércoles 05 de abril del año 2006 A LAS DOCE (12:00P.M.) DE LA NOCHE, todo de conformidad con el cuarto aparte del artìculo 250 del Còdigo Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: SE MANTIENE LA MEDIDA DE PRIVACIÒN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, en contra del imputado HUGO RAFAEL FERRER OCHOA, plenamente identificado en actas. TERCERO: SE ORDENA PROVEER DE COPIAS SIMPLES a la Defensa, en esta misma fecha. CUARTO: SE ORDENA LIBRAR OFICIO A LA MEDICATURA FORENSE, a los fines de que lo reciba en fecha 23-03-2006, a las 8:00 de la mañana, a los fines de que sea evaluado por esa medicatura y establecer su estado de salud, debiendo remitir las resultas a este Tribunal, a la mayor brevedad posible; y QUINTO: SE ORDENA LIBRAR OFICIO al Centro de Arrestos y Detenciones Preventivas "El Marite", a los fines de que conozcan las resultas de esta acta. Se deja constancia que se cumplieron con todas las formalidades de ley. Quedan las partes notificadas del contenido de esta acta y decisión. Concluye el acto, siendo las seis y cuarenta minutos de la tarde (6:40 p.m.). Termino se leyó y conformes Firman.-
LA JUEZ SEPTIMO DE CONTROL

DRA. EGLEE RAMIREZ


LA FISCAL VIGESIMA TERCERA (A) DEL MINISTERIO PÚBLICO,

ABOG. MARIA EUGENIA MORALES


LA DEFENSORA PÚBLICA SEXTA,


ABOG. CARMEN ELENA ROMERO,

EL IMPUTADO,


HUGO RAFEL FERRER OCHOA

EL SECRETARIO SUPLENTE


ABOGADO ALEJANDRO FERNÁNDEZ
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en esta acta y se registró la presente decisión bajo el No. 543-06; se libró oficio N° 967-06 a la Medicatura Forense y se libró oficio N° 968-06 al Centro de Arrestos y Detenciones Preventivas "El Marite".
EL SECRETARIO SUPLENTE

ABOGADO ALEJANDRO FERNÁNDEZ
CAUSA N° 7C-5893-06