REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA
JUZGADO CUARTO DE CONTROL
Maracaibo, 21 de Marzo del 2006
194º y 145º

DECISIÓN N° 716-06.- CAUSA N° 4C-4602-06-

Vistas las actuaciones presentadas por la ABOG. YOMAIRA MONTIEL, Fiscal Para el Régimen Procesal Transitorio del Ministerio Público, donde solicita al tribunal de control SOBRESIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA, de conformidad con lo establecido en el ordinal 1° del artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal, seguida en contra de personas desconocidas, por la comisión del delito de contra las personas, en perjuicio del ciudadano Aldray Alberto Amaya Sánchez, este Juzgado a los fines de resolver observa:

Por cuanto del estudio detenido y cuidadoso de la solicitud de la Representante Fiscal, considera la misma que no se agrego el resultado del reconocimiento medico legal, que debio ser practicado en su debida oportunidad al ciudadano ALDRAY ALBETO AMAYA SANCHEZ, y desde la fecha de comisión del hecho hasta la actualidad han transcurrido mas de treinta (30) años por lo cual resulta inoficioso la practica de diligencia alguna, razón por la cual considera este Juzgador procedente DECRETAR EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, por el ordinal 1° del artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal. ASI SE DECLARA.

Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO CUARTO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, por el ordinal 1° del artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal.

Regístrese y notifíquese.

EL JUEZ CUARTO DE CONTROL,

DR. JOSE VICENTE FARIA LOZADA.

LA SECRETARIA,

ABOG. KEILY SCANDELA.

En la misma fecha se registró las anterior decisión quedando anotada bajo el N° 716-06.-

LA SECRETARIA,

ABOG. KEILY SCANDELA.

JVFL /rodolfo.