REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA
JUZGADO SEGUNDO DE CONTROL
Maracaibo, 07 de Marzo de 2005
194º y 146º

RESOLUCION Nro. 314 -05 CAUSA N° 246-05

Visto el escrito presentado por la DRA. ELIZABETH BARRIOS PAREDES, FISCAL ESPECIAL DEL MINISTERIO PUBLICO PARA EL REGIMEN PROCESAL TRANSITORIO, en el cual solicita, el Sobreseimiento de la presente causa, de conformidad con lo establecido en el artículo 318 ordinal 1° del Código Orgánico Procesal Penal, a favor de PERSONAS DESCONOCIDAS por delito de CONTRA LAS PERSONAS, previsto en el Código Penal.
Se inició la presente investigación por auto de proceder dictado por la Dirección de Tránsito Terrestre Zulia, en virtud de un accidente de Tránsito ocurrido en fecha 13-04-97, ARROLLAMIENTO DE PEATON CON LESIONADO, en la Av. Principal de Barrios Milagros Sur, donde resultó lesionado el ciudadano MARTIN PRADA, y en virtud de que no existe en actas Informe médico donde conste el resultado de las lesiones sufridas por el referido ciudadano, y en razón de que para la comprobación del cuerpo del delito es necesario precisar el carácter de las lesiones, esta Juzgadora observa:
Ahora bien, analizadas todas y cada unas de las actas que conforman la presente causa, considera este Tribunal que no se encuentra acreditada en actas la comisión del delito CONTRA LAS PERSONAS, previsto y sancionado en el Código Penal, en contra de PERSONAS DESCONOCIDAS, en perjuicio de MARTIN PRADA, por lo que es inoficioso continuar practicando diligencias, por cuanto han transcurrido SIETE AÑOS, más del tiempo establecido para la prescripción de la acción penal, es por lo que este Tribunal considera procedente y ajustado a derecho DECRETAR EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, a favor de PERSONAS DESCONOCIDAS, solicitado por el Ministerio Público, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 318 Ordinal 1° del Código Orgánico Procesal Penal. Y ASI SE DECIDE.
Por fundamentos antes expuestos este JUZGADO SEGUNDO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA. Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA, de conformidad con lo preceptuado en el artículo 318 ordinal 1° del Código Orgánico Procesal Penal, a favor de PERSONAS DESCONOCIDAS, por el delito de CONTRA LAS PERSONAS. Regístrese la presente decisión y Remítase al Archivo Judicial .
LA JUEZ SEGUNDO DE CONTROL,

ABG. ZAYDA VILLASMIL DE GARCÍA.
EL SECRETARIO,

ABOG. LIEXCER DÍAZ CUBA
En la misma fecha, se registró la presente decisión bajo el No. 314 -05.-

EL SECRETARIO

ABG. LIEXCER DÍAZ CUBA

ZVdeG/zrs