Horas de Despacho del día de hoy,13 de Marzo de dos mil seis, siendo la (s) 11:30 a.m., se trasladó este TRIBUNAL CUARTO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, PAEZ Y ALMIRANTE PADILLA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, a objeto de darle cumplimiento a la MEDIDA DE SECUESTRO, decretada por el JUZGADO QUINTO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENIRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, que en el juicio de RESOLUCION DE CONTRTO de Compra-venta con Reserva de Dominio, incoado por la Firma Mercantil C.A. LA CASA ELECTRICA, contra el (la) ciudadano (a): YERALD ENRIQUE MEDINA MUÑOZ, titular de la Cédula de Identidad No.12.440.481.- Seguidamente este Tribunal se trasladó por solicitud e indicación del Apoderado Judicial de la parte actora, GONZALO VELAZQUEZ ROSALES, inscrito en el I.PS.A., bajo el No.11.491, en la siguiente dirección: Barrio Puerto Rico, av. 32 con calle 62, inmueble No. 62-43, Municipio Maracaibo del Estado Zulia.- Una vez constituido este Tribunal en la dirección antes señalada, se procedió a notificar del traslado y constitución del mismo, a el (la) ciudadano (a) ERIKA ABRIL SALAS CASTAÑERA, quien es mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No.14.279.605 y de este domicilio, en su carácter de CONYUGE DE LA PARTE DEMANDADA.- De inmediato este Tribunal procede a nombrar práctico al ciudadano IGOR DELGADO HUERTA, quien es mayor de edad, venezolano, casado, Licenciado en Administración, titular de la Cédula de Identidad No.V.5.170.472 y de este domicilio, quien estando presente aceptó el cargo y el Tribunal procede a juramentarlo de la manera siguiente: Jura usted, cumplir con todas y cada una de las obligaciones que le impone al cargo recaído en su persona? Contestó: Si lo Juro.- De igual forma este Tribunal procede a nombrar Secuestrataria Judicial a la parte demandante la Firma Mercantil C.A. LA CASA ELECTRICA, representada en este acto por su Apoderado Judicial ciudadano: GONZALO VELAZQUEZ ROSALES, quien es mayor de edad, venezolano, portador de la Cédula de Identidad No.V-4.150.984, y de este domicilio, quien estando presente aceptó el cargo y el Tribunal procede a juramentarlo de la manera siguiente: Jura usted, cumplir con todas y cada una de las obligaciones que le impone al cargo recaído en su persona? Contestó: Si lo juro.- Seguidamente este Tribunal gira instrucciones al practico nombrado al efecto a objeto que identifique y determine el (los) bienes objeto de la presente medida: Tratese de un televisor con control remoto, marca samsung, modelo CL21M6, serial No. 35483CCX101278, avaluado en la cantidad de Cuatrocientos mil Bolívares (Bs.400.000,oo).- Acto seguido este TRIBUNAL CUARTO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, PAEZ Y ALMIRANTE PADILLA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA SECUESTRADO (S) el (los) bienes antes descrito y hace entrega del (de los) mismo (s) al representante de la Secuestrataria prenombrada, quien estando presente declara recibirlo conforme a derecho y a los efectos de ley.- Asimismo este Tribunal deja constancia que no ha recibido pago alguno en el cumplimiento de sus servicios, todo de conformidad con los artículos 254 y el segundo aparte del articulo 26 ambos de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, así lo hacen constar las partes intervinientes y firmantes de la presente acta.- Concluyó el acto siendo las 11:40 a.m..- Terminó se leyó y conforme firman.-
LA JUEZA,
ABOG. ZIMARAY CARRASQUERO C.
EL (LA) NOTIFICADO (a)
EL EJECUTANTE Y REPRESENTANTE DE LA SECUESTRATARIA
EL PRÁCTICO
LA SECRETARIA
ABOG. LUZ MARINA MONTIEL L.
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