En horas de despacho del día de hoy 23 de Marzo del año dos mil seis, siendo las 11:45AM de conformidad con lo acordado, se trasladó y constituyó este Juzgado Primero Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Losada, San Francisco, Mara, Almirante Padilla y Páez de la Circunscripción judicial del Estado Zulia, en las Oficinas de la EMPRESA SHELL DE VENEZUELA C.A, ubicadas en el Edificio Las Laras Avenida 5 de Julio, Maracaibo del Estado Zulia, a objeto de llevar a efecto la ejecución de la medida de EMBARGO, decretada por el JUZGADO DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA SALA No 04, con motivo del juicio de DIVORCIO ORDINARIO, seguido por la ciudadana DINORAH INES CALZADILLA, titular de la Cédula de Identidad No. 7.858.154, contra el ciudadano, JAIRO ANTONIO LEAL GUTIERREZ, titular de la Cédula de Identidad No. 7.861.028. En este estado presente el ciudadano (a): DANIELA TORRES, titular de la cedula de identidad No. 16.492.302, quien se identificó con el carácter de: RECEPCIONISTA .- El Tribunal le notificó que el Juzgado de la causa decretó MEDIDA DE EMBARGO, sobre: EL CINCUENTA POR CIENTO (50%) del sueldo, utilidades o aguinaldos, vacaciones o bonificación de cualquier tipo, prestaciones Sociales, que incluye fideicomiso y demás concepto que le correspondan al ciudadano JAIRO ANTONIO LEAL GUTIERREZ, titular de la Cédula de Identidad No. 7.861.028, como Trabajador de la Empresa SHELL DE VENEZUELA C.A.- El Tribunal en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara formalmente EMBARGADO, las cantidades de dinero por los conceptos arriba indicado. Dicha cantidad de dinero embargada deberá ser remitida en cheque de Gerencia a nombre del JUZGADO DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA SALA No 04. EXP. No 8475.- Acto seguido el notificado (a) expuso: “A reserva de verificar si dicho demandado es o no trabajador de esta empresa, de si le pertenece o tiene en la misma cantidades algunas por dichos conceptos; me doy por notificado del contenido a que se refiere la presente Acta”. Se ordena expedir copia de la presente Acta y su entrega a la persona notificada. Es todo. Terminó, se leyó y conformes firman, siendo las: 11:50AM.-


LA JUEZ




EL NOTIFICADO (A) EL SECRETARIO