JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL DEL TRANSITO Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO NUEVA ESPARTA
La Asunción, 29 de Marzo de 2006
195° y 147°
Vista la manifestación de Separación de Cuerpos y Bienes, presentada por los ciudadanos ALEXANDRA DEL VALLE RIVAS OLIVERO y ANRRASEV ADOLFO RODRIGUEZ ASTUDILLO, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las cédulas de identidad Nros. V- 12.396.120 y V- 6.210.869 respectivamente, debidamente asistidos por el abogado MOISES ANDRADE, inscrito en el inpreabogado bajo el N° 33.860. En consecuencia, la Jueza insta a las partes a reconciliarse y por cuanto no hubo tal reconciliación, declara la separación de cuerpos y bienes en la misma forma, términos y condiciones convenidas por los referidos ciudadanos de conformidad con lo establecido en los artículos 189 y 190 del Código Civil.
Expídanse las copias certificadas que fueron menester, las cuales se expedirán de conformidad con los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil. Cúmplase una vez sean suministradas las copias simples para su certificación.
LA JUEZ,
Dr. JIAM SALMEN de CONTRERAS.-
LOS CONYUGES
EL ABOGADO ASISTENTE
LA SECRETARIA,
Abg. CECILIA FAGUNDEZ.
EXP: N° -06
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