REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN

La Asunción, 23 de Febrero de 2006

JUEZ: DRA. LORENA LISTA VELASQUEZ
FISCAL: DR. EFRAIN JESUS MORENO NEGRIN, FISCAL QUINTO DEL MINISTERIO PÚBLICO
DEFENSA: DR. ALI ROMERO, DEFENSOR PRIVADO
PENADO: FROIMID JOSE ALONSO RODRIGUEZ, QUIEN ES DE nacionalidad Venezolano, natural de Porlamar, nacido en fecha 02 de Enero de 1980, de estado civil soltero, titular de la cédula de identidad Nº 15.202.197, residenciado en la urbanización Valle verde, Calle Principal, bloque Nº 05, piso Nº 01, apartamento Nº 0101, Municipio García de este Estado.

Vista la sentencia dictada en contra del ciudadano FROIMID JOSE ALONSO RODRIGUEZ, por el Juzgado de Primera Instancia en Funciones de Juicio Nº 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Nueva Esparta, en fecha 05 de Agosto de 2004, en donde lo condena a cumplir la pena de Un (01) año, Nueve (09) meses y diez (10) días, por encontrarlo responsable de la comisión del delito de Robo Agravado en grado de Complicidad, ilícito previsto y sancionados en los artículos 460, en relación con el artículo 80 y 82, del Código Penal. Dicha sentencia fue ejecutada en fecha 07 de Septiembre de 2004.
Este Juzgado Primero Itinerante de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad, procede a realizar las siguientes consideraciones; y así tenemos que:
I
En fecha 22 de Noviembre de 2004, se concedió a favor del penado el beneficio de SUSPENSIÓN CONDICIONAL DE LA EJECUCION DE LA PENA, de conformidad con el artículo 494 del Código Orgánico Procesal Penal, sometiendolo a cumplir una serie de condiciones a saber: 1.- No cambiar de residencia. 2.- no incurrir en nuevos delitos. 3.- debe observar buena conducta. 4.- acatar las indicaciones que le señale el delegado de pruebas. 5.- indicar al tribunal el lugar donde permanecerá residenciado durante la vigencia del beneficio acordado.
II
Cursa constancia de fecha 22-02-2006, emanada del delegado de pruebas, adscrita a la unidad técnica de apoyo al sistema penitenciario, en donde hace constar que el ciudadano FROIMID JOSE ALONSO RODRIGUEZ, finalizó el régimen de pruebas por cumplimiento del lapso impuesto por este Tribunal correspondiente al penado emanado de la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario, donde informa el cese del régimen de prueba.
DECISIÓN
Por todos las consideraciones antes expuestas, este Tribunal Itinerante de Primera Instancia en Funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Nueva Esparta Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad que le confiere la Ley DECLARA CUMPLIDA la pena impuesta por cumplimiento del régimen de prueba, en la presente causa a favor del ciudadano FROIMID JOSE ALONSO RODRIGUEZ, de conformidad con lo establecido en el artículo 479 ordinal 1° del Código Orgánico Procesal Penal, extinguiéndose la responsabilidad criminal del mismo, conforme a lo pautado en el artículo 105 del Código Penal Venezolano.

Expídase por secretaría copia certificada de la presente decisión y notifíquese al Representante del Ministerio Público de este Estado, actuante en el proceso, y al Defensor del penado de autos, a la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario. Asimismo notifíquese al prenombrado penado de dicho auto. Líbrese el correspondiente oficio- Provéase lo conducente.
LA JUEZ ITINERANTE PRIMERA DE EJECUCION
DRA. LORENA LISTA VELASQUEZ
LA SECRETARIA
ABG, INAIRA AGUILERA BOLIVAR
Con esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto que antecede. Lo certifico.

LA SECRETARIA
ABG, INAIRA AGUILERA BOLIVAR.
Causa: 3143-04