REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DECIMO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO. EXTENSIÓN MARACAIBO.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Décimo Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia
Maracaibo, diez de marzo de dos mil seis
195º y 147º
ASUNTO : VP01-L-2006-000059
Vista la solicitud suscrita en fecha siete (07) de Marzo de 2.006 por la abogada Mariaeugenia Mas y Rubi, apoderada judicial de la parte actora; este Tribunal LA NIEGA, por cuanto jurisprudencialmente la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia ha instado a los jueces a no admitir demandas de mas de veinte (20) trabajadores, por cuanto al permitir litisconsorcios activos superiores a esta cantidad de trabajadores, se le estaria violando el derecho a la defensa a la parte demandada. Así se decide.-
DIOS Y FEDERACIÓN
La Juez
Mgs. Judith del Carmen Castro
La Secretaria,
Mgs. Fabiola Guerrero Govea