N° DE EXPEDIENTE: VP01-S-2005-000675
PARTE ACTORA: NERY ARENAS
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: SIN REPRESENTACIÓN JUDICIAL
PARTE DEMANDADA: DISTRIBUIDORA ALVI C,A
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: FERNADO AÑEZ LUZARDO
MOTIVO: CALIFICACIÓN DE DESPIDO

En el día hábil de hoy Martes Veintiuno (21) de Marzo de 2006, siendo las Nueve y Treinta minutos de la mañana (9:30am), oportunidad fijada para que tenga lugar el inicio de la Audiencia Preliminar en el presente juicio, se deja constancia de la incomparecencia de la parte actora, mas no así la parte demandada quien estuvo representada por su apoderado judicial Abogado FERNANDO AÑEZ LUZARDO, debidamente identificado en el instrumento poder otorgado por su representada que en copias simples constante de dos (2) folios consigna para ser agregadas al expediente y que se confrontaron con las originales que tuvo a la vista el ciudadano Juez que presidió este acto y se constató que las misma son copias fieles y exactas de sus originales y que cumplen con los requisitos legales de otorgamiento y en consecuencia se cerifican, tal y como consta en actas. Por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 147 y 195.



El Juez

La Secretaria

Abog. Alfredo García Aboga. Fabiola Guerrero





Los Presentes