REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal Décimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia
Maracaibo, veintisiete (27) de marzo de dos mil seis
195º y 147º

ASUNTO: VP01-S-2006-000064

Vista la diligencia de fecha veinticuatro (24) de marzo de 2006, suscrita por el ciudadano OSWALDO ANDARA, debidamente asistido por la abogada Descree Reyes, mediante la cual DESISTE DEL PRESENTE PROCEDIMIENTO, este Tribunal Décimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando justicia y en nombre de la República Bolivariana de Venezuela HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO, incoado por el ciudadano OSWALDO ANDARA en contra de SERVICIOS INDUSTRIALES SERWESTCA, C.A; conforme a lo dispuesto en el articulo 263 del Código de Procedimiento Civil, aplicable por analogía, en virtud, de lo previsto en el articulo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, en consecuencia se da por terminado el presente asunto y asimismo se ordena su archivo definitivo. Así se Decide.-
El Juez




Abog. Hernán Fernández Labarca.

La Secretaria.


Abog: Joselyn Urdaneta