ACTA

N° DE EXPEDIENTE: VP01-S-2006-000019
PARTE ACTORA: FIDEL PALMAR
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: EVELIN VALERO CHACÍN
PARTE DEMANDADA: IDEAS PRODUCCIONES C.A.
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: ROSSANNA FANIZZI ACOSTA
MOTIVO: CALIFICACIÓN DE DESPIDO

En el día hábil de hoy, 27 de Marzo de 2006, oportunidad fijada para que tenga lugar la prolongación de la Audiencia Preliminar, comparecen la abogada EVELIN VALERO CHACÍN, en su condición de apoderada judicial de la parte actora y la parte demandada IDEAS PRODUCCIONES C.A., representada en este acto por la abogada ROSSANNA FANIZZI ACOSTA, quienes han llegado al siguiente acuerdo, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, la parte demandada ofrece la cantidad de UN MILLÓN CIENTO SETENTA Y CINCO MIL SEISCIENTOS TREINTA Y NUVE BOLIVARES CON 87/100 (Bs. 1.175.639,87) para satisfacer todos y cada uno de los derechos reclamados por la parte actora en el libelo, entre ellos tenemos los siguientes: antigüedad, indemnización por despido, indemnización por preaviso, vacaciones no disfrutadas, y vacaciones fraccionadas; cantidad esta que será entregada en este mismo acto mediante cheque, el cual se encuentra identificado de la siguiente manera: código cuenta cliente No. 0116-0101-40-0007036892, cheque No. 00001458, a nombre del trabajador, por la cantidad antes mencionada, de esta misma fecha, no endosable, librado contra el Banco Occidental de Descuento. En este estado presente la apoderada judicial de la parte actora declara, que nada queda a deber la demandada ni por estos ni por ningún otro concepto a su representado. Este Tribunal Octavo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada. Este tribunal da por terminado el presente asunto y ordena el archivo definitivo del mismo. Asimismo se deja constancia que fueron entregadas las pruebas consignadas por las partes al inicio de la audiencia preliminar.-

El Juez

Abog. Antonio Barroso

La Secretaría

Abog. Maria Luisa Muñoz

Los Presentes