ACTA
N° DE EXPEDIENTE: VP01-L-2005-001610
PARTE ACTORA: YUREIMA PORTILLO
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: OSMAN PALMAR
PARTE DEMANDADA: YEFRREY`S CAFÉ, C.A.
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: ARMANDO ANIYAR
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES
En el día hábil de hoy,1 de Marzo de 2006, siendo las 2:30 PM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Prolongación de la Audiencia Preliminar, comparecen los ciudadanos YUREIMA PORTILLO, en su condición de parte actora representada por el abogado en ejercicio Osman Palmar; y la parte demandada YEFRREY`S CAFÉ, C.A, representada por el abogado en ejercicio Armando Aniyar; quienes han llegado al siguiente acuerdo de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo: La parte demandada ofrece la cantidad de DOS MILLONES VEINTE MIL SETECIENTOS NOVENTA Y CINCO CON SETENTA Y SEIS CENTIMOS ( Bs. 2.020.795,76) para satisfacer todos y cada uno de los conceptos reclamados por la Trabajadora en el libelo los cuales serán cancelados en este mismo acto mediante dos (02) Cheques que se encuentran identificados de la siguiente manera: Cheque N° 00001325, por la cantidad de UN MILLON DOSCIENTOS VEINTE MIL SETECIENTOS NOVENTA Y CINCO CON SETENTA Y SEIS (Bs. 1.220.795,76), a nombre de la Trabajadora antes identificada de fecha 28 de febrero de 2006, librado contra al Banco Occidental de Descuento, y el segundo Cheque N° 00001326, por la cantidad de QUINIENTOS MIL (Bs. 500.000), a nombre de la Trabajadora antes identificada de fecha 28 de febrero de 2006, librado contra al Banco Occidental de Descuento, y una carta mediante la cual autoriza mediante la cual autoriza al Banco Occidental de Descuento Banco Universal C.A; cargar a la cuenta de la Trabajadora la Cantidad de TRESCIENTOS MIL (Bs. 300.000), por concepto de Fideicomiso. Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada, este Tribunal declara terminado el presente asunto y ordena el archivo definitivo del mismo. Asimismo se deja expresa constancia que fueron entregadas las pruebas consignadas por las partes al inicio de la Audiencia Preliminar
El Juez
Abog. Alexis Figueroa
La Secretaria
Abog. Yocelyn Boscán Luzardo
Los Presentes
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