REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR DE LO CONTENCIOSO TRIBUTARIO
DE LA REGIÓN ZULIANA
Expediente No. 486-06
Admisión de Pruebas
Visto el anterior escrito de Promoción de Pruebas, constante de dieciocho (18) folios útiles, presentado en fecha 17 de mayo de 2006, por el Abogado JORGE ALBERTO FERRERO ALBERT, portador de la cédula de identidad No. 3.312.256 e inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 11.057, actuando en su carácter de Apoderado Judicial de la sociedad mercantil “GENERAL DE ALIMENTOS NISA, C.A. (GENICA)”, contra la Resolución No. GJT-DRAJ-2005-A-448 de fecha 28 de febrero de 2005, emanada de la Gerencia Jurídica Tributaria del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), no habiendo habido oposición en el lapso previsto en el artículo 270 del Código Orgánico Tributario, y siendo hoy el último de los tres (3) días para providenciarlas, este Tribunal ADMITE las pruebas promovidas por la recurrente las cuales se contraen a la invocación del mérito de las actas y a la explanación de argumentos, dejando a salvo la valoración que de las actas se haga en la definitiva.
Dado, firmado y sellado en el Despacho del Juzgado Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Zuliana, en Maracaibo, a los cinco (5) días del mes de junio del año dos mil seis (2006). Años: 196° de la Independencia y 147° de la Federación.
El Juez,
Dr. Rodolfo Luzardo Baptista
La Secretaria,
Yusmila Rodríguez Romero.
Resolución N° _______-2006.-
RLB/mtdlr.-
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