REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN, SUSTANCIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Trib. de Sust. Med. y Ejec. del Trabajo de la Circuns. Judicial del Estado Nueva Esparta
La Asunción, veintiseis de junio de dos mil seis
196º y 147º

ASUNTO: OP02-L-2006-000230


Vista la Transacción celebrada en fecha 16 de Junio de 2006, por el ciudadano YONEL ALBERTO DIAZ PORRAS, titular de la cédula de identidad número 14.152.961, asistido por la Abogado Zuly Buitriago, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 31.140, parte actora, por una parte; y por la otra SURF TROPICAL, C.A., el ciudadano Jesús Armando Bolaños Betancourt, titular de la cédula de identidad N° V-6.961.436, en su carácter de Representante Legal, asistido por el abogado en ejercicio, Evelin Verde de Beyloune, inscrita en el Inpreabogado N° 75.229. Este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo en razón de que la transacción no es contraria a Derecho y no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA LA TRANSACCIÓN, dándole efectos de Cosa Juzgada, de conformidad con el ordinal 2 del artículo 89 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela; Parágrafo Único del artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo; y artículos 9 y 10 del Reglamento de la Ley del Trabajo. En consecuencia, este Juzgado ordena expedir por secretaría las copias certificadas de lo solicitado de conformidad con lo establecido en los artículos 21 y 22 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, da por concluido el procedimiento y ordena el archivo del expediente. Y así se decide.-
EL JUEZ

Dr. EUCLIDES SALAZAR
LA SECRETARIA


Abg. BENILDE AGUILLON