REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, diecisiete de mayo de dos mil seis
196º y 147º

ASUNTO : KP02-S-2006-008684


Vista la solicitud presentada por el ciudadano AMILCAR JOSÉ MARCHAN, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 9.614.011, de este domicilio, asistido de abogado, donde manifiesta se le conceda titulo supletorio de dominio sobre unas bienhechurías que adquirió a expensa propias con dinero de su propio peculio, ubicado en la carrera 1 con calle 2 del sector “Llano Alto” Jurisdicción de la Parroquia Tamaca, Municipio Iribarren del Estado Lara, sobre un lote de terreno del Instituto Nacional de Tierras (INTI), con una superficie de 24 Mts., de fondo por 12 Mts. de frente lo que es igual a 288 M2; alinderadas de la siguiente manera NORTE: Con terreno ocupado por Jesús Araque; SUR: Con terreno ocupado por Eduar Alvarado; ESTE: Con terreno ocupado por Alfredo Arroyo; y OESTE: Con calle 8 del sector. Dichas bienhechurías consisten en una cerca perimetral de alambre de púa y estantillos de madera. El valor invertido es la cantidad de SEISCIENTOS MIL BOLÍVARES (Bs. 600.000,00), y teniéndose presentes las declaraciones de los testigos: JUAN DE DIOS SANTANA y LUIS MARIA TONA, éste Tribunal administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, especialmente por los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil y dejando a salvo los derechos que terceras personas puedan tener aprueba la mencionada Justificación y le DECLARA TITULO SUPLETORIO DE POSESIÓN Y DOMINIO a favor del ciudadano AMILCAR JOSÉ MARCHAN, ya identificado, en las bienhechurías antes descritas en el presente decreto el cual no podrá ser registrado sin la debida autorización del propietario del terreno sea un ente público o privado, conforme al acuerdo del primero de abril de 1.970, dictado por la Corte Suprema de Justicia en la Sala Político Administrativa, devuélvanse las actuaciones a la parte interesada.-


La Juez Suplente Especial,

Mariluz Josefina Pérez
La Secretaria,

Maria Fernanda Alviarez


MJP/dmg