REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA





PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, veintisiete de junio de dos mil siete
197º y 148º

ASUNTO: KP02-S-2006-014021

Vista la solicitud de INSERCIÓN DE PARTIDA, intentada por la ciudadana MARIA AUGUSTA LOPEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 2.595.571, domiciliada en Humocaro Alto, Municipio Morán del Estado Lara, debidamente asistida por la abogada Ada Marina Dugarte de Bianco, Inpreabogado Nº 56.238; este Tribunal niega su admisión por la vía de Inserción de Partida de Nacimiento, ya que debe demandar su filiación por la vía de Juicio Ordinario, de conformidad con lo establecido en el artículo 231 del Código Civil. Déjese copia.

La Juez

MARILUZ JOSEFINA PÉREZ
La Secretaria

MARIA FERNANDA ALVIAREZ

MJP/Mónica