REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL





TRIBUNAL SÉPTIMO DE EJECUCIÓN
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA
Maracaibo, 30 de Junio de 2006.
196º y 147º



RESOLUCIÓN N° 345-06 CAUSA No 7E-071-06.


Firme como ha quedado el fallo dictado por el JUZGADO PRIMERO DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, EXTENSION CABIMAS, en fecha 06-02-2006, en contra del penado ENDER JOSE POLANCO GOMEZ, este Tribunal de Ejecución, de conformidad con lo establecido en el artículo 482 de la Reforma del Código Orgánico Procesal Penal, pasa a ejecutar dicha sentencia y procede a la elaboración del cómputo legal respectivo:

El penado: ENDER JOSE POLANCO GOMEZ, titular de la Cédula de identidad N° 16.046.306, fue condenado a cumplir la pena de TRES (03) AÑOS Y CUATRO (04) MESES DE PRESIDIO, más las accesorias de Ley por la comisión del delito de ROBO SIMPLE, previsto y sancionado en el artículo 457 del Código Penal, en perjuicio del ciudadano ARTURO ARMENIO FERNANDEZ Y CARMEN SALAS.- Ahora bien, consta en las actas que el mencionado penado fue detenido en fecha 04-10-2003 y en fecha 02-07-04 el Juzgado Primero de Juicio le decreta Medida Cautelar Sustitutiva a la Privación de Libertad, siendo su ultima presentación en fecha 12-07-04 por lo que en fecha 28-02-05 el mismo Juzgado le Revoco la Medida, librándole Orden de captura al mencionado penado el cual es capturado nuevamente en fecha 27-10-05, por lo que hasta el día de hoy 30-06-06, fecha en la cual se elabora el presente computo, lleva detenido UN (01) AÑO, CINCO (05) MESES Y ONCE (11) DÍAS, faltándole por cumplir UN (01) AÑOS, DIEZ (10) MESES Y DIECINUEVE (19) DÍAS.-Cumple la Pena Principal el día 19-05-2008.- Cumplió ¼ parte de la Pena impuesta el día 19-11-05, para el beneficio de Destacamento de Trabajo.-Igualmente cumplió 1/3 parte de la Pena impuesta el día 29-02-2006, para el Beneficio Régimen Abierto.- Cumple la mitad (1/2) de la Pena impuesta el día 19-09-2006.- Cumple las 2/3 partes de la Pena impuesta el día 29-03-20007, para el Beneficio de Libertad Condicional; Cumple las ¾ partes de la Pena impuesta el día 19-07-2007, para Confinamiento y por último se mantendrá sometido a la Sujeción a la Vigilancia por parte de la Autoridad por una ¼ parte de la Pena impuesta hasta el día: 19-03-2009- Regístrese la presente Resolución. Remítase copia certificada de la misma con oficio a la Directora de la Cárcel Nacional de Maracaibo, a la Fiscal 27 del Ministerio Publico, al Consejo Nacional Electoral y al Ministerio de Justicia División de Antecedentes Penales y al Capitán Willinger Gómez a los fines del traslado del penado. Ofíciese y Notifíquese
LA JUEZ SÉPTIMO DE EJECUCIÓN.

DRA. MYRIAM MESTRE ANDRADE.







LA SECRETARIA.


ABOG. MARIA AÑEZ A.


En la misma fecha se registró la presente Resolución bajo el N° 345-06 y se libraron oficios N° 3247-06, 3248-06, 3249-06, 3250-06 Y 3251-06, con boleta de notificación N° 717-06, con oficio al Alguacilazgo N° 3252-06.-


LA SECRETARIA.




MMA/bh.-
CAUSA N° 7E-071-06.