REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
DIRECCIÓN EJECUTIVA DE LA MAGISTRATURA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA
JUZGADO QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES
DE EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD
MARACAIBO, 15 DE JUNIO DE 2006
196° y 147°
RESOLUCIÓN N° 332-06.- CAUSA N° 5E-052-02.-
Vista la diligencia suscrita por la Defensora Publica N° 26 ABOG. LEYDA DE LA TORRE, de fecha 12-06-2006, y recibido por ante este Tribunal en fecha 12-06-2006, mediante la cual solicita PERMISO DE TRASLADO, de los penados, DOMINGO SEGUNDO PINEDA titular de la cedula de identidad N° 13.429.478 y ANDRES SILVA BRACHO, titular de la cédula de identidad N° V- 13.429.560, a la Ciudad de Caracas específicamente al Juzgado Tercero de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, a fin de tramitar la Revisión de la Sentencia y Cómputos de Pena en la causa que se les sigue, los días 19, 20 y 21 de Junio de 2006. Este Tribunal a los fines de emitir pronunciamiento, resuelve bajo las consideraciones siguientes:
Los penados DOMINGO SEGUNDO PINEDA y ANDRES SILVA BRACHO, fueron condenados mediante Sentencia de fecha 09-11-2001, dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal de Vargas, a cumplir la pena de DOCE (12) AÑOS DE PRISION, por la comisión del delito de TRANSPORTE ILICITO DE ESTUPEFACIENTES, previsto y sancionado en el Artículo 34 de la Ley Orgánica Sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas.
Ahora bien, en razón de que el Juez natural de los penados DOMINGO SEGUNDO PINEDA y ANDRES SILVA BRACHO, es el Juez Tercero DE Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Ejecución del Estado Vargas, esta Juzgadora considera procedente acordar el Traslado solicitado a fin de que los mismos gestionen todo lo relativo a la Revisión de la Sentencia y los Cómputos de la presente causa, todo en aras de la celeridad procesal, a los penados DOMINGO SEGUNDO PINEDA y ANDRES SILVA BRACHO, a la Ciudad de Caracas específicamente al Juzgado Tercero de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, los días 19, 20 y 21 de Junio de 2006, de conformidad con lo previsto en los artículos 64 y 479 del Código Orgánico Procesal Penal. Y ASÍ SE DECLARA.
DISPOSITIVA
Por los fundamentos expuestos de hecho y de derecho, este TRIBUNAL QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, administrando Justicia y por autoridad de la Ley, AUTORIZA EL PERMISO DE TRASLADO a los penados DOMINGO SEGUNDO PINEDA y ANDRES SILVA BRACHO, a la Ciudad de Caracas específicamente al Juzgado Tercero de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, a fin de tramitar la Revisión de la Sentencia y Cómputos de Pena en la causa que se les sigue, los días 19, 20 y 21 de Junio de 2006, en los términos antes acordados, todo de conformidad con lo dispuesto en los artículos 64 y 479 del Código Orgánico Procesal Penal, debiendo comparecer por ante la Sala de este Despacho el día 22 de Junio de 2006, con el fin de que el Tribunal constate su ingreso al Centro de Tratamiento Comunitario Manuel Matos Romero.-
Regístrese, Publíquese, y Notifíquese la presente Decisión a la Fiscalía 27º del Ministerio Público y al referido Penado, y ofíciese a la Directora de la Cárcel Nacional de Maracaibo.-
LA JUEZ QUINTO DE EJECUCIÓN
DRA. RUBIS GOMEZ VIVAS.
LA SECRETARIA,
ABG. ANDREINA ORTIZ,
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en esta decisión, se registró la misma bajo el Nº 332-06 y se certificó, y se libró oficio bajo el N° 2399-06 al Centro de Tratamiento Comunitario, y se libraron las correspondientes Boletas de Notificación.-
LA SECRETARIA,
RGV/fz.-
CAUSA N° 5E-052-02.-
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
DIRECCIÓN EJECUTIVA DE LA MAGISTRATURA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA
JUZGADO QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA EN
FUNCIÓN DE EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD
MARACAIBO, 15 DE JUNIO DE 2006
196º y 147º
OFICIO N° 2399-06.-
CIUDADANO:
DIRECTOR DEL CENTRO DE TRATAMIENTO
COMUNITARIO MANUEL MATOS ROMERO
SU DESPACHO.-
Me dirijo a Usted, en la oportunidad de remitirle Copia Certificada de la Decisión N° 332-06 de esta misma fecha, dictada por este Tribunal de Ejecución, mediante la cual AUTORIZO EL PERMISO DE TRASLADO al Penado DOMINGO SEGUNDO PINEDA titular de la cedula de identidad N° 13.429.478 a la Ciudad de Caracas específicamente al Juzgado Tercero de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, a fin de tramitar la Revisión de la Sentencia y Cómputos de Pena en la causa que se les sigue, los días 19, 20 y 21 de Junio de 2006, en los términos antes acordados, todo de conformidad con lo dispuesto en los artículos 64 y 479 del Código Orgánico Procesal Penal, debiendo comparecer por ante la Sala de este Despacho el día 22 de Junio de 2006, con el fin de que el Tribunal constate su ingreso a ese centro comunitario a su digno cargo.-
Remisión que se le hace a los fines legales consiguientes.
DIOS Y FEDERACIÓN
DRA. RUBIS GOMEZ VIVAS.
JUEZ QUINTO DE EJECUCIÓN
RGV/fz.-
Causa No. 5E-052-02.
ANEXO: Lo Indicado.-
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PODER JUDICIAL
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
DIRECCIÓN EJECUTIVA DE LA MAGISTRATURA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA
JUZGADO QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA EN
FUNCIÓN DE EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD
MARACAIBO, 16 DE JUNIO DE 2006
196º y 147º
OFICIO N° 2421-06.-
CIUDADANO:
DIRECTOR DEL CENTRO DE TRATAMIENTO
COMUNITARIO INPS. RAFAEL OCHOA CASTRO
SU DESPACHO.-
Me dirijo a Usted, en la oportunidad de remitirle Copia Certificada de la Decisión N° 332-06 de esta misma fecha, dictada por este Tribunal de Ejecución, mediante la cual AUTORIZO EL PERMISO DE TRASLADO al Penado ANDRES SILVA BRACHO, titular de la cédula de identidad N° V- 13.429.560, a la Ciudad de Caracas específicamente al Juzgado Tercero de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, a fin de tramitar la Revisión de la Sentencia y Cómputos de Pena en la causa que se les sigue, los días 19, 20 y 21 de Junio de 2006, en los términos antes acordados, todo de conformidad con lo dispuesto en los artículos 64 y 479 del Código Orgánico Procesal Penal, debiendo comparecer por ante la Sala de este Despacho el día 22 de Junio de 2006, con el fin de que el Tribunal constate su ingreso a ese centro comunitario a su digno cargo.-
Remisión que se le hace a los fines legales consiguientes.
DIOS Y FEDERACIÓN
DRA. RUBIS GOMEZ VIVAS.
JUEZ QUINTO DE EJECUCIÓN
RGV/fz.-
Causa No. 5E-052-02.
ANEXO: Lo Indicado.-
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PODER JUDICIAL
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
DIRECCIÓN EJECUTIVA DE LA MAGISTRATURA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA
JUZGADO QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA EN
FUNCIÓN DE EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD
MARACAIBO, 16 DE JUNIO DE 2006
196º y 147º
OFICIO N° 2422-06.-
CIUDADANO:
DIRECTOR DEL CENTRO DE TRATAMIENTO
COMUNITARIO INPS. RAFAEL OCHOA CASTRO
SU DESPACHO.-
Me dirijo a Usted, en la oportunidad de remitirle Copia Certificada de la Decisión N° 332-06 de esta misma fecha, dictada por este Tribunal de Ejecución, mediante la cual AUTORIZO EL PERMISO DE TRASLADO a los Penados DOMINGO SEGUNDO PINEDA y ANDRES SILVA BRACHO, a la Ciudad de Caracas específicamente al Juzgado Tercero de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, a fin de tramitar la Revisión de la Sentencia y Cómputos de Pena en la causa que se les sigue, los días 19, 20 y 21 de Junio de 2006, en los términos antes acordados, todo de conformidad con lo dispuesto en los artículos 64 y 479 del Código Orgánico Procesal Penal, debiendo comparecer por ante la Sala de este Despacho el día 22 de Junio de 2006, con el fin de que el Tribunal constate su ingreso al Centro de Tratamiento Comunitario Manuel Matos Romero y al Centro de Tratamiento Comunitario Insp. Rafael Ochoa Castro.-
Remisión que se le hace a los fines legales consiguientes.
DIOS Y FEDERACIÓN
DRA. RUBIS GOMEZ VIVAS.
JUEZ QUINTO DE EJECUCIÓN
RGV/fz.-
Causa No. 5E-052-02.
ANEXO: Lo Indicado.-
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
DIRECCIÓN EJECUTIVA DE LA MAGISTRATURA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA
JUZGADO QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES
DE EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD
MARACAIBO, 15 DE JUNIO DE 2006
Años: 196° y 147°
B O L E T A D E N O T I F I C A C I O N
Se le notifica a la Fiscal 27° del Ministerio Público, que este Tribunal por Resolución N° 332-06 de esta misma fecha, se ACORDO AUTORIZAR el PERMISO DE TRASLADO a los Penados DOMINGO SEGUNDO PINEDA titular de la cedula de identidad N° 13.429.478 y ANDRES SILVA BRACHO, titular de la cédula de identidad N° V- 13.429.560, con las Extremas medidas de Seguridad y la debida Custodia Militar, hasta la ciudad de Caracas específicamente al Juzgado Tercero de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, a fin de tramitar la Revisión de la Sentencia y Cómputos de Pena en la causa que se les sigue, los días 19, 20 y 21 de Junio de 2006, en los términos antes acordados, todo de conformidad con lo dispuesto en los artículos 64 y 479 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el artículo 28 de la Ley de Régimen Penitenciario, el artículo 28 de Reglamento de la Ley de Régimen Penitenciario, y el Articulo 272 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.-
Así mismo se remite copia certificada de la decisión.-
Notificación que se le hace a los fines legales consiguientes.-
DIOS Y FEDERACIÓN,
DRA. RUBIS GÓMEZ VIVAS
JUEZ QUINTO DE EJECUCIÓN
FIRMARA PARA CONSTANCIA:
FIRMA___________________________FECHA________________HORA______________
RGV/fz.-
Causa N° 5E-052-02.--
ANEXO: Lo Indicado.-
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
DIRECCIÓN EJECUTIVA DE LA MAGISTRATURA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA
JUZGADO QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES
DE EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD
MARACAIBO, 15 DE JUNIO DE 2006
Años: 196° y 147°
B O L E T A D E N O T I F I C A C I O N
Se le notifica al Penado DOMINGO SEGUNDO PINEDA titular de la cedula de identidad N° 13.429.478, que este Tribunal por Resolución N° 332-06 de esta misma fecha, se le ACORDO AUTORIZAR el PERMISO DE TRASLADO, a la Ciudad de Caracas específicamente al Juzgado Tercero de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, a fin de tramitar la Revisión de la Sentencia y Cómputos de Pena en la causa que se les sigue, los días 19, 20 y 21 de Junio de 2006, en los términos antes acordados, todo de conformidad con lo dispuesto en los artículos 64 y 479 del Código Orgánico Procesal Penal, debiendo comparecer por ante la Sala de este Despacho el día 22 de Junio de 2006, con el fin de que el Tribunal constate su ingreso al Centro de Tratamiento Comunitario Manuel Matos Romero.-
Notificación que se le hace a los fines legales consiguientes.-
DIOS Y FEDERACIÓN,
DRA. RUBIS GÓMEZ VIVAS
JUEZ QUINTO DE EJECUCIÓN
FIRMARA PARA CONSTANCIA
FIRMA___________________FECHA_______________HORA_______________
RGV/fz.-
Causa N° 5E-052-02.-
ANEXO: Lo Indicado.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
DIRECCIÓN EJECUTIVA DE LA MAGISTRATURA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA
JUZGADO QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES
DE EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD
MARACAIBO, 15 DE JUNIO DE 2006
Años: 196° y 147°
B O L E T A D E N O T I F I C A C I O N
Se le notifica al Penado ANDRES SILVA BRACHO, titular de la cédula de identidad N° V- 13.429.560, que este Tribunal por Resolución N° 266-06 de esta misma fecha, se le ACORDO AUTORIZAR el PERMISO DE TRASLADO, a la Ciudad de Caracas específicamente al Juzgado Tercero de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, a fin de tramitar la Revisión de la Sentencia y Cómputos de Pena en la causa que se les sigue, los días 19, 20 y 21 de Junio de 2006, en los términos antes acordados, todo de conformidad con lo dispuesto en los artículos 64 y 479 del Código Orgánico Procesal Penal, debiendo comparecer por ante la Sala de este Despacho el día 22 de Junio de 2006, con el fin de que el Tribunal constate su ingreso al Centro de Tratamiento Comunitario Insp. Rafael Ochoa Castro.-
Notificación que se le hace a los fines legales consiguientes.-
DIOS Y FEDERACIÓN,
DRA. RUBIS GÓMEZ VIVAS
JUEZ QUINTO DE EJECUCIÓN
FIRMARA PARA CONSTANCIA
FIRMA___________________FECHA_______________HORA_______________
RGV/fz.-
Causa N° 5E-052-02.-
ANEXO: Lo Indicado.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
DIRECCIÓN EJECUTIVA DE LA MAGISTRATURA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA
JUZGADO QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES
DE EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD
MARACAIBO, 15 DE JUNIO DE 2006
Años: 196° y 147°
B O L E T A D E N O T I F I C A C I O N
Se le notifica a la ABOG. LEYDA DE LA TORRE, DEFENSORA PUBLICA N° 26, que este Tribunal por Resolución N° 266-06 de esta misma fecha, se le ACORDO AUTORIZAR el PERMISO DE TRASLADO a los penados DOMINGO SEGUNDO PINEDA titular de la cedula de identidad N° 13.429.478 y ANDRES SILVA BRACHO, titular de la cédula de identidad N° V- 13.429.560, con las Extremas medidas de Seguridad y la debida Custodia Militar, hasta la ciudad de Caracas específicamente al Juzgado Tercero de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, a fin de tramitar la Revisión de la Sentencia y Cómputos de Pena en la causa que se les sigue, los días 19, 20 y 21 de Junio de 2006, en los términos antes acordados, todo de conformidad con lo dispuesto en los artículos 64 y 479 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el artículo 28 de la Ley de Régimen Penitenciario, el artículo 28 de Reglamento de la Ley de Régimen Penitenciario, y el Articulo 272 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.-
Notificación que se le hace a los fines legales consiguientes.-
DIOS Y FEDERACIÓN,
DRA. RUBIS GÓMEZ VIVAS
JUEZ QUINTO DE EJECUCIÓN
FIRMARA PARA CONSTANCIA
FIRMA___________________FECHA_______________HORA_______________
RGV/fz.-
Causa N° 5E-052-02.-
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