REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL
JUZGADO PRIMERO DE CONTROL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA
EXTENSION SANTA BARBARA DE ZULIA

Santa Bárbara de Zulia, 14 de Junio de 2006.-
196º y 147º
Decisión N° 0178 -2006.- Solicitud N° CO1.1234.2006.-

Vista la solicitud de Orden de Allanamiento presentada por el ciudadano Abogado MERVIN BAO BARRIENTOS, en su condición de Fiscal Vigésimo Primero del Ministerio Público del Estado Zulia, para ser practicada por Funcionarios adscritos al Destacamento de Frontera N° 32, de la Guardia Nacional de Venezuela, Puesto El Batey, Estado Zulia, en un inmueble de color Verde, ubicado en el sector Villa Dolores, entrando por el puente de madera, la penúltima casa, a mano izquierda S/N, Parroquia Gibraltar, Municipio Sucre del Estado Zulia, propiedad del ciudadano GERMAN, la cual guarda relación con la investigación Penal que inició la referida Fiscalía bajo el N° 24-F21-0263-2006, por cuanto se presume que en el mencionado inmueble puedan existir objetos provenientes de delito (Un Portón). Este Tribunal, por cuanto observa que dicha Orden de Allanamiento, cumple con lo preceptuado en los artículos 210 y 211 ambos del Código Orgánico Procesal Penal, se acuerda proveer de conformidad a lo solicitado, debiendo además los funcionarios encargados de practicar el registro, dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 212 de1 referido Código Orgánico Procesal Penal, en relación con el Artículo 202 Ibidem. En consecuencia, expídase la respectiva Orden de Allanamiento, la cual tendrá una duración de Siete (07) días, todo de conformidad a lo dispuesto en los Artículos 211 del Código Orgánico Procesal Penal.-

El Juez,

Dr. JOSE LUIS MOLINA MONCADA
La Secretaria,

Abog. LIXAIDA MARIA FERNANDEZ FERNANDEZ.

En la misma fecha y conforme a lo ordenado, se cumple con lo acordado y se expide la respectiva Orden bajo Oficio N° 0904-2006.-
La Secretaria,

Abog. LIXAIDA MARIA FERNANDEZ FERNANDEZ.