REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA





PODER JUDICIAL
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA
JUZGADO OCTAVO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL
SAN FRANCISCO, 26 DE JUNIO DE 2006
196° y 147°


Decisión N° 1013-06 Causa N° 8C-586-03.-

Visto el escrito que antecede, suscrito por el Defensor Publico N° 37 Dr. ROLANDO PRIETO, asistiendo en el acto al ciudadano LEOBARDO ENRIQUE LUENGO PALMAR, mediante la cual solicita la Exoneración de las presentaciones del referido ciudadano, este Tribunal procede a resolver de la siguiente manera:

PRIMERO
Quien aquí decide observa, en fecha 14 de Abril de 2003, la Fiscalia Vigésima del Ministerio Publico, presentó por ante este Tribunal al imputado LEOBARDO ENRIQUE LUENGO PALMAR, por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO CULPOSO, considerando el Tribunal que para ese momento procedía en Derecho, declarar Con Lugar la Solicitud de la referida Fiscalia, en cuanto se le decretara Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad, prevista y sancionada en el artículo 256 ordinales 3 y 8 del Código Orgánico Procesal Penal y cumplido los requisitos exigidos le fue otorgada la libertad en fecha 23 de Abril de 2003.

SEGUNDO
Asimismo, observa esta Juzgadora de la revisión realizada a los libros de presentaciones llevado por ante este Despacho, específicamente a los Libros V, pagina 188; Libro VI paginas 6 y 7, donde se evidencia que el imputado de autos ha cumplido con sus presentaciones en forma constante, por lo que se considera procedente declarar con lugar la solicitud interpuesta; y en consecuencia, se extiende el lapso de presentaciones una vez cada SESENTA (60) días, modificando la obligación impuesta por este Tribunal, de presentarse cada QUINCE (15) días por ante este Juzgado, de conformidad con lo establecido en el articulo 264 del Código Orgánico Procesal Penal. Y ASÍ SE DECIDE.

DISPOSITIVA
Por los fundamentos antes expuestos este JUZGADO OCTAVO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decide: EXTENDER EL LAPSO DE PRESENTACIONES UNA VEZ CADA SESENTA (60) DÍAS POR ANTE ESTE TRIBUNAL al imputado LEOBARDO ENRIQUE LUENGO PALMAR, titular de la cedula de identidad N° 14.375.406, de conformidad con lo establecido en el articulo 264 en concordancia con articulo 256 ambos del Código Orgánico Procesal Penal.
Regístrese, Publíquese, Diarícese y Notifíquese.-
LA JUEZ OCTAVO DE CONTROL,


DRA. DORIS NARDINI RIVAS.
LA SECRETARIA,


ABOG. INGRID GERALDINO.


En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en esta decisión y se ofició al Departamento de Alguacilazgo para la notificación de las partes bajo el N° 2232-06.-


LA SECRETARIA,






DNR/carlos o.
Causa 8c-586-03