República Bolivariana de Venezuela


Poder Judicial
Circunscripción Judicial del Estado Zulia
Circuito Judicial Penal
Juzgado Séptimo de Primera Instancia en Funciones de Control
Maracaibo, 27 de Junio de 2006
196° y 147°
ACTA DE AUDIENCIA ORAL (ART. 313 DEL C.O.P.P.)

CAUSA: 7C-1730-04 DECISION 1713-06
JUEZ: DRA. EGLEE RAMÍREZ.
SECRETARIO: ABOGADO: ERNESTO ROJAS

IDENTIFICACION DE LAS PARTES

MINISTERIO PÚBLICO: FISCAL 3° DEL MINISTERIO PUBLICO ABOG. GLEDYS CHAVEZ.

IMPUTADO (S): LUIS ENRIQUE GONZALEZ

DEFENSA PÚBLICA: ABOG. JIMAI MONTIEL, Defensor Publico Nª 29.

DELITO: HURTO AGRAVADO
DE LA AUDIENCIA ORAL
En el día de hoy, Martes (27) de Junio de Dos Mil Seis (2006), siendo las Diez de la mañana (10:00 a.m.), por lo que en el día y hora fijados por este Tribunal Séptimo de primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia para celebrar la AUDIENCIA ORAL, a los fines que el Ministerio Público presente su acto conclusivo, de conformidad con lo establecido en el artículo 313 del Código Orgánico Procesal Penal, en la causa seguida por este Tribunal bajo el N° 7C-1730-04, en contra del imputado LUIS ENRIQUE GONZALEZ, por la presunta comisión del delito de HURTO AGRAVADO, en perjuicio de ENELVEN. Se constituyó el Tribunal, actuando como Juez Séptimo de Control de este Circuito Judicial Penal, la ciudadana Dra. EGLEE RAMÍREZ, en compañía del ciudadano ABOGADO ERNESTO ROJAS, actuando como Secretario de este Tribunal. Verificada la presencia de las partes se puede constatar que se encuentran presentes, LA FISCAL 3° ABOG. GLEDYS CHAVEZ, LA DEFENSA PÚBLICA ABOG. JIMAI MONTIEL, EL CIUDADANO LUIS ENRIQUE GONZALEZ EN SU CARÁCTER DE IMPUTADO. Mas nos se encuentra presente, la representante legal de ENELVEN, ABOG. DAISY GIL. Acto seguido, el Ministerio Público solicita la palabra, la cual le es concedida, y en consecuencia expone: “Solicito el lapso de 45 días para la solicitud del Acto Conclusivo todo”. Acto seguido, escuchadas las exposiciones de las partes, este Tribunal considera que de acuerdo al artículo 313 del Código Orgánico Procesal Penal el Ministerio Público procurará dar término a la fase preparatoria con la diligencia que el caso requiera, pasados seis (06) meses sin que el Ministerio Público haya presentado el acto conclusivo (Archivo Fiscal, Sobreseimiento o Acusación), el imputado está en el derecho de solicitar que el Ministerio Público concluya la investigación que se inició en su contra, siendo que en el presente caso, se hace evidente que ha transcurrido más de seis (06) meses, por lo que este Tribunal considera procedente establecer UN LAPSO PRUDENCIAL DE CUARENTA Y CINCO (45) DIAS CONTÍNUOS, a partir del día 27-06-2006 para que la Fiscalía 3° del Ministerio Público presente su acto conclusivo, los cuales concluyen el día 11-08-2006, en la presente investigación seguida en contra del imputado LUIS ENRIQUE GONZALEZ, por la presunta comisión del delito HURTO AGRAVADO, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 313 del Código Orgánico Procesal Penal. Y ASI SE DECIDE. POR LOS FUNDAMENTOS ANTES EXPUESTOS, este Tribunal Séptimo de primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, administrando justicia, por autoridad de la Ley, ACUERDA UN LAPSO PRUDENCIAL DE CUARENTA Y CINCO (45) DIAS CONTÍNUOS, a partir del día 27-06-2006 para que la Fiscalía 3° del Ministerio Público presente su acto conclusivo, los cuales concluyen el día 11-08-2006, en la presente investigación seguida en contra del imputado LUIS ENRIQUE GONZALEZ, por la presunta comisión del delito HURTO AGRAVADO. Se deja constancia que se cumplieron con todas las formalidades de Ley. Quedan las partes notificadas del contenido de esta decisión. Concluye el acto, siendo las diez y quince minutos de la mañana (10:15 a.m.). Termino se leyó y conformes Firman.-
LA JUEZ SEPTIMO DE CONTROL

DRA. EGLEE RAMIREZ
FISCAL 3° DEL MINISTERIO PÚBLICO

ABOG. GLEDYS CHAVEZ
EL IMPUTADO

LUIS ENRIQUE GONZALEZ

DEFENSA PÚBLICA

ABOG. JIMAI MONTIEL


EL SECRETARIO

ABOGADO ERNESTO ROJAS

En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en esta acta.

EL SECRETARIO