REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA




TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA
JUZGADO SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE CONTROL

Maracaibo, 30 de Junio de 2006
196° y 147º

Decisión N° 2308-06 Causa No. 4C-5026-06

Vista la comunicación emanada de la Fiscalía Cuarta del Ministerio Publico del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, la cual fue recibida por este despacho por Distribución a razón de encontrarse el Juzgado Cuarto de Control de este Circuito Judicial Penal sin despacho, en donde informa que en fecha 30 de Junio del año dos mil seis (30-06-2006) decretó el Archivo Fiscal de conformidad a lo establecido en el artículo 315 del Código Orgánico Procesal Penal, en este sentido este Tribunal para decidir observa:

Ahora bien en fecha treinta de Junio del año dos mil seis (30-06-2006) se recibió archivo 24-F4-0889-06, emitido de la Fiscalía Cuarta del Ministerio Público donde decreta EL ARCHIVO FISCAL de la presente causa en favor del ciudadano NERIO SILVA, de conformidad con lo establecido en el 315° del Código Orgánico Procesal Penal, es por lo que, es procedente en derecho ACORDAR EL CESE DE LA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD Y EL CARÁCTER DE IMPUTADO, a favor del ciudadano NERIO SILVA. Y por cuanto dicha causa principal cursa por ante el Juzgado Cuarto de Control se acuerda su inmediata remisión. ASI SE DECIDE.

Por los fundamentos anteriormente expuestos, este Juzgado SEXTO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA EL CESE DE LA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD Y EL CARÁCTER DE IMPUTADO, a favor del ciudadano NERIO SILVA por haber Decretado el Fiscal Cuarto del Ministerio Público en fecha 30-06-2006 el ARCHIVO FISCAL, de conformidad con lo establecido en el articulo 315 del Código Orgánico Procesal Penal. ASÍ SE DECLARA. Regístrese la presente Resolución, notifíquese y remítase en la oportunidad legal correspondiente al Archivo Judicial.

LA JUEZ SEXTA DE CONTROL,


VANDERLELLA ANDRADE BALLESTEROS

SECRETARIA (S)

ABG. MARIA GONZÁLEZ

En la misma fecha se registró la Decisión bajo el N° 2308-06 se libraron las correspondientes Boletas de Notificación y el oficio signado con el N° 2423-06.
LA SECRETARIA (S),


ABG. MARIA GONZÁLEZ