JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DEL TRANSITO Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA.
Maracaibo, Dieciséis ( 16) de Junio del dos mil seis (2006).
196º y 147º

Vista la anterior diligencia suscrita por el abogado en ejercicio LUIS GERARDO LOPEZ MORAN, actuando con el carácter de actas, donde solicita al Tribunal que fije un cartel de citación en la sede de este Tribunal, por cuanto que el co-demandado LUIS ALBERTO MOLINA SALANA no pudo ser localizado por el alguacil de este Tribunal.
Pues bien, este Órgano Jurisdiccional, de la revisión exhaustiva de las presentes actas procesales, evidencia que riela a los folios 144 y 205 de las presentes actas procesales la exposición del alguacil de este Despacho, donde expone que el fue imposible localizar a los co-demandados JOSE TRINIDAD BOHORQUEZ PAZ, LUIS ALBERTO MOLINA SALANA y la Sociedad Mercantil TRANSPORTE CHEITO II; a los fines de citación personal, razón por la cual en fecha 10 de agosto de 2005, este Tribunal ordeno librar Cartel de Citación a todos los co-demandados.
Ahora bien, en fecha 09 de mayo de 2006, la parte actora consigna los diarios donde consta las publicaciones del cartel librado, y en fecha 14 de junio de 2006, la suscrita Secretaria de este Despacho Judicial, se traslado y constituyó en la oficina de los co-demandados, a los fines de proceder a la fijación del cartel y dar así cumplimiento a la formalidades prevista en el artículo 223 del Código de Procedimiento Civil, según consta de su exposición que riela al folio 251 del expediente.
Evidenciando este Jurisdicente, lo ut-supra referido, considera que la última formalidad se cumplió en fecha 14 de junio de 2006, por lo que, el lapso de comparecencia a de computarse al día siguiente de la constancia en actas de dicha formalidad, es por lo que, en consecuencia este JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DEL TARNSITO Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, Niega la solicitud formulada.- ASI SE DECIDE.-
EL JUEZ SUPLENTE ESPECIAL,

Abog. LUIS ENRIQUE CASTILLO SOTO.-

LA SECRETARIA,

Abog. MARIA ANTONIETTA VILCHEZ OLIVARES.-