Juzgado Noveno de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada y San Francisco de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia.- Maracaibo, 20 de junio de 2006.- 196° y 147°.- Vista la transacción celebrada entre los ciudadanos José Luís Vivas Sánchez y José Gregorio Sutherland López, demandante el primero y apoderado judicial de la parte demandada el segundo, por ante la Notaría Pública Segunda de San Cristóbal, el Tribunal de conformidad con lo establecido en el artículo 255 del Código de Procedimiento Civil que establece: “Las partes pueden terminar el proceso pendiente, mediante la transacción celebrada conforme a las disposiciones del Código Civil. Celebrada la transacción en el juicio, el Juez la homologará si versare sobre materias en las cuales no estén prohibidas las transacciones, sin lo cual no podrá procederse a su ejecución”, le imparte su aprobación homologándolo, le da el carácter de cosa juzgada y se ordena el archivo del expediente.
La Juez,
Abog. Maria del Pilar Faria Romero.
La Secretaria,
Abog. Ada Jiménez.
Expediente 1.461-05.
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