REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO CUARTO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, ALMIRANTE PADILLA Y PÁEZ
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
Juzgado Cuarto Ejecutor de Medidas de los Municipios
Maracaibo, Jesús Enrique Lossada, San Francisco, Mara, Páez y Almirante Padilla
Circunscripción Judicial del Estado Zulia
En horas de Despacho del día de hoy, 05 de junio del año dos mil seis, siendo las 10:40 A.M., de conformidad con lo acordado, se traslado y constituyó éste JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDAS, por solicitud de la parte Ejecutante, en las Oficinas de la Empresa Delta C.A., ubicado en el Kilómetro 4, vía Perijá en jurisdicción del Municipio Autónomo San Francisco del Estado Zulia, a objeto de llevar a efecto la medida de Embargo Provisional, decretada por el TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, CON SEDE EN CABIMAS en el juicio que por COBRO DE BOLIVARES (INTIMACIÓN), sigue el ciudadano: ENRIQUE JOSE BORJAS LOPEZ, titular de la cédula de identidad Nro.8.702.738, en contra del ciudadano: MERLIN JOSE CHIRINOS ANTEQUERA titular de la cédula de identidad N0.. V-11.249.827.- Presente el (la) ciudadano (a): RAFAEL BOSCAN, titular de la cédula de identidad No. V-11.391.625, quién se identifico con el carácter de: ADM. PLANIF. Y DESARROLLO. Seguidamente el Tribunal por solicitud e indicación de la parte ejecutante, señala para ser EMBARGADO PROVISIONALMENTE LAS PRESTACIONES SOCIALES que le puedan corresponder al demandado de auto antes identificado , como empleado de la Empresa PERFORACIONES DELTA C.A, hasta cubrir la cantidad de TRECE MILLONES NOVENTA Y OCHO MIL NOVECIENTOS TREINTA Y SIETE BOLÍVARES CON 00/100 (Bs.13.098.937,00).- De inmediato este TRIBUNAL CUARTO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, PAEZ Y ALMIRANTE PADILLA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dándole cumplimiento a lo decretado por el Juzgado comitente DECLARA EMBARGADO PROVISIONALMENTE, sobre las PRESTACIONES SOCIALES y cualquier otra cantidad de dinero que le pueda corresponder al demandado de auto hasta cubrir la cantidad de TRECE MILLONES NOVENTA Y OCHO MIL NOVECIENTOS TREINTA Y SIETE BOLÍVARES CON 00/100 (Bs.13.098.937,00), asimismo este tribunal le hace saber al notificado que para las retenciones deberá ser respetada la escala del artículo 163 de la Ley Orgánica del Trabajo, y dichas cantidades de dinero remitidas mediante cheque de gerencia a nombre del TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, CON SEDE EN CABIMAS. Igualmente se le hace saber al notificado que a partir de la presente fecha comenzaran las retenciones a que se refiere la presente medida.- El Notificado Expuso: “A reserva de verificar si dicho demandado es o no Empleado de la Empresa PERFORACIONES DELTA C.A., y si le pertenece o tiene en la misma cantidades algunas por dichos conceptos. Me doy por notificado del contenido a que se refiere la presente acta”.- En este estado el tribunal ordena expedir copia de la presente acta y su entrega a la persona notificada .- Este Tribunal comisionado le dio estricto cumplimiento a la ejecución de la presente medida, a lo establecido en la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela, en referencia a la Gratuidad de la Justicia, artículos 254 y 26 segundo aparte de la norma citada, así lo hacen constar las partes, intervinientes y firmantes de la presente acta..- Es todo.- Terminó se leyó y conforme firman, concluyó el acto, siendo 10:45 a.m.-
LA JUEZA
ABOG. ZIMARAY CARRASQUERO
EL (LA) NOTIFICADO (A),
LA SECRETARIA
ABOG. LUZ MARINA MONTIEL
ZC/yuly m
Comis. No. 3148-2006
Exped. No 32401