En horas de despacho del día de hoy 09 de Junio del año dos mil seis, siendo las 12:10PM de conformidad con lo acordado, se trasladó y constituyó este Juzgado Primero Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada, San Francisco, Mara, Almirante Padilla y Páez de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en las Oficinas de la Empresa DECONFERCA, S.A, ubicadas en la avenida 3E, entre calles 78 y 79 Torre Empresarial Claret, piso 6 local Sur-Oeste del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, a objeto de llevar a efecto la medida Decretada por el TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA. SALA No 01 con motivo del juicio de RECLAMACION ALIMENTARIA seguido por la ciudadana MAGDY JACKELINE MARIN VERNAL , titular de la Cédula de Identidad No. 10.423.914, en contra el ciudadano JOSE RAFAEL MOLINA RAMIREZ , titular de la Cédula de Identidad No. 9.703.100, a favor de los niños y/o adolescentes MARIANYELI CAROLINA, JOSE RAFAEL, CESAR MIGUEL Y ANYELIMAR VANESA MOLINA MARIN .- En este estado presente el ciudadano (a): MARLENE RANGEL, titular de la Cédula de Identidad N° 4.143.311, quien se identificó con el carácter de: ASISTENTE LABORAL.- El Tribunal le notificó que el Juzgado de la causa mencionado, DECRETO MEDIDA PREVENTIVA DE EMBARGO: sobre A) EL CINCUENTA POR CIENTO (50%) del sueldo, horas extras, cesta ticket que le correspondan al ciudadano JOSE RAFAEL MOLINA RAMIREZ, titular de la Cédula de Identidad No 9.703.100|, como Trabajador al servicio de la Empresa DECONFERCA S.A Municipio Maracaibo del Estado Zulia.- B) EL CINCUENTA POR CIENTO (50%) de lo que devenga el reclamado sobre las Bonificaciones Especiales de fin de año, bonos de transferencia.- C) EL CINCUENTA POR CIENTO (50%) sobre las Vacaciones.- D) En caso de que el ciudadano demandado goce de los beneficios de prima por hijos, útiles escolares y juguetes retener EL CIEN POR CIENTO (100%) de tales conceptos.- E) EL CINCUENTA POR CIENTO (50%) de antigüedad, liquidación de Prestaciones Semestrales o anuales, o cualquier otra cantidad que le pueda corresponder al obligado en caso de retiro, jubilación o muerte Meritocracia o por haber terminado su relación laboral.- Las cantidades a retener en los conceptos establecidos en los literales “A”, “B” , “C” , “D”, deberán ser entregados directamente a la demandante ciudadana MAGDY JACKELINE MARIN VERNAL, portadora de la Cédula de Identidad No. 10.423.914 o remitirlas al Juzgado de la causa y la contenida en el Literal “E” deberá ser remitida en Cheque de Gerencia a nombre del TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA SALA No 01.- EXP: 8482.- Que debe impartir órdenes para el cumplimiento de la anterior medida, la cual tiene carácter privilegiado sobre cualquier otra medida dado la naturaleza de la Materia. El notificado (a) Expuso: “A reserva de verificar si dicho demandado es o no trabajador de esta Empresa; de si le pertenece o tiene en la misma cantidades algunas por dichos conceptos; me doy por notificado del contenido a que se refiere la presente Acta”.- El Tribunal en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara EMBARGADO PREVENTIVAMENTE, las cantidades de dinero por los conceptos arriba mencionados; y ordena expedir copia de la presente Acta y su entrega a la persona notificada. Es todo. Terminó, se leyó y conformes firman, siendo la 12:15PM.-
LA JUEZ:
EL NOTIFICADO (A): EL SECRETARIO:
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