En el día de hoy siete (07) de junio de dos mil seis (2006), siendo las diez y diez minutos de la mañana (10:10 AM), de conformidad con lo acordado, a pedimento de parte y con la habilitación del tiempo que fuere necesario, se trasladó y constituyó este Juzgado Primero Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada, San Francisco, Mara, Páez y Almirante Padilla de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en un inmueble conformado por un apartamento, signado con el No. 7-A, ubicado en la séptima planta del Edificio “B”, del Conjunto Residencial Las Tunas, II Etapa, situado en la avenida 74-A, Parroquia Raul Leoni, Municipio Maracaibo del Estado Zulia, sitio señalado por el apoderado judicial de la parte actora abogado AGUSTINO RAFAEL MENDOZA GOMEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad No. 7.816.386, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 41.848, a objeto de llevar a efecto la ejecución de la MEDIDA DE SECUESTRO decretada por el JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con motivo del juicio que por PARTICIÓN Y LIQUIDACIÓN DE COMUNIDAD, formalizó el ciudadano GUILLERMO PALMAR FERNANDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad No. 3.266.526, en contra de la ciudadana LEIDA ANTONIA ARANAGA FERRER, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad No. 4.147.857. Una vez constituido el Tribunal en la dirección ya indicada se procede a tocar el timbre del apartamento, no contestando nadie. En este estado presente el apoderado judicial de la parte actora abogado AGUSTINO RAFAEL MENDOZA GOMEZ, antes identificado, expuso: “Por cuanto no se encuentra nadie en el inmueble objeto de la presente medida, solicito a este Juzgado Ejecutor SUSPENDA, la ejecución de la medida de secuestro y fije nuevo día y hora para la ejecución”. Este Juzgado Primero Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada, San Francisco, Mara, Páez y Almirante Padilla de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, visto el pedimento hecho por el apoderado judicial de la parte ejecutante, SUSPENDE, la ejecución de la presente medida y ordena fijar nuevo día y hora para la ejecución, por auto separado. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman, menos los notificados por negarse a hacerlo, siendo las –once de la mañana (11:00 AM) del día de hoy. LA JUEZ
DRA. MARTHA ELENA QUIVERA
EL APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA
EL SECRETARIO
ABOG. JOSE SOTO ASPRINO
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