En horas de despacho del día de hoy 01 de Junio del año dos mil seis, siendo las 2:30PM de conformidad con lo acordado, se trasladó y constituyó este Juzgado Primero Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada, San Francisco, Mara, Almirante Padilla y Páez de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en las Oficinas del “BANCO BANGENTE”, ubicado en el Centro Comercial Caribe Zulia, frente a la Basílica virgen de Chiquinquirá, del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, a objeto de llevar a efecto la medida Decretada por el TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA. SALA No 03 con motivo del juicio de DIVORCIO ORDINARIO seguido por el ciudadano GUSTAVO DARIO SOTO, titular de la Cédula de Identidad No.12.515.490, en contra de la ciudadana ELBIMARY DEL CARMEN URDANETA GUTIERREZ, titular de la Cédula de Identidad No. 13.004.621.- En este estado presente el ciudadano (a): CAROLINA FERRER, titular de la Cédula de Identidad N° 13.560.714, quien se identificó con el carácter de: SUPERVISOR DE NEGOCIOS.- El Tribunal le notificó que el Juzgado de la causa mencionado, DECRETO MEDIDA DE EMBARGO PROVISIONAL POR COMUNIDAD CONYUGAL: sobre: A) EL CINCUENTA POR CIENTO (50%) mensual del salario que devenga la ciudadana ELBIMARY DEL CARMEN URDANETA GUTIERREZ, titular de la Cédula de Identidad No 13.004.621, quien presta sus servicios como Trabajadora al servicio del “BANCO BANGENTE”.- B) EL CINCUENTA POR CIENTO (50%) anual de las Utilidades o remuneración especial de fin de año.- C) EL CINCUENTA POR CIENTO (50%) anual del Bono Vacacional.- D) EL CINCUENTA POR CIENTO (50%) de las Prestaciones Sociales, Fideicomiso y de los Intereses que devenga el referido Fideicomiso.- E) EL CINCUENTA POR CIENTO (50%) de los Bonos, Bonos de Transferencias, Horas Extras, Antigüedad, Liquidación.-Las cantidades a retener deberán remitirlas en Cheque de Gerencia a nombre del TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA SALA No 03.- EXP: 7979.- El notificado (a) Expuso: “A reserva de verificar si dicho demandado es o no trabajador de esta Empresa; de si le pertenece o tiene en la misma cantidades algunas por dichos conceptos; me doy por notificado del contenido a que se refiere la presente Acta”.- El Tribunal en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara FORMALMENTE EMBARGADO PROVISIONALMENTE, las cantidades de dinero por los conceptos arriba mencionados; y ordena expedir copia de la presente Acta y su entrega a la persona notificada. Es todo. Terminó, se leyó y conformes firman, siendo la 2:35PM.-

LA JUEZ:





EL NOTIFICADO (A): EL SECRETARIO: