REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS CABIMAS, SANTA RITA, SIMÓN BOLIVAR, LAGUNILLAS, VALMORE RODRÍGUEZ, MIRANDA Y BARALT
El día de hoy, Quince (15) de Junio del año Dos Mil Seis, siendo las 10:30 de la Mañana , día y hora fijados por el Tribunal para llevar a efecto la Ejecución de la Medida preventiva de Embargo decretada en el Juicio de OBLIGACIÓN ALIMENTARIA, seguido por la Ciudadana: LUZ MARIA CHUELLO, titular de la Cédula de Identidad numero: V-5.720.804 en contra del ciudadano: JORGE ANTONIO LUQUEZ, Titular de la Cédula de Identidad N° V-5.179.209 por ante el TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, Juez Unipersonal N°01, con sede en Cabimas y para lo cual fue comisionado este Tribunal.- A señalamiento de la parte actora LUZ MARIA CHUELLO, antes identificada, asistida en este acto por la Abogada MARIANELA MORALES SUÁREZ, titular de la Cédula de Identidad N° V-4.712.300, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 37.921