REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS CABIMAS, SANTA RITA, SIMÓN BOLIVAR, LAGUNILLAS, VALMORE RODRÍGUEZ, MIRANDA Y BARALT

DESPACHO DE MEDIDAS N° 4090
En el día de hoy veintiocho (28) de Junio de dos mil seis (2.006), siendo la una y treinta minutos de la tarde, se traslado y constituyo JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS CABIMAS, SANTA RITA, SIMÓN BOLIVAR LAGUNILLAS, VALMORE RODRIGUEZ, MIRANDA Y BARALT DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA en la sede del REGISTRO MERCANTIL SEGUNDO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, ubicado en Ciudad Ojeda, Municipio Lagunillas del Estado Zulia, acompañado de la abogada en ejercicio IRIS VIVAS, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 25.456, actuando con el carácter de endosataria en Procuración del ciudadano MAXIMIANO CONTRERAS., a objeto de ejecutar medida provisional de Embargo, decretada por el JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en juicio por COBRO DE BOLIVARES (INTIMACION) seguido por la ciudadana IRIS VIVAS, actuando con el carácter de endosataria en Procuración del ciudadano MAXIMIANO CONTRERAS en contra de la ciudadana CAROLINA MARIA CABRERA CORDERO. Seguidamente el Tribunal procede a notificar del objeto de su traslado y constitución en el lugar al ó la ciudadano OSBALDO ENRIQUE BOZO RINCON titular de la cedula de identidad Nº v-1.905.583 en su condición Registrador Mercantil. En este estado presente la abogada en ejercicio IRIS VIVAS, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 25.456, actuando con el carácter de endosataria en Procuración del ciudadano MAXIMIANO CONTRERAS, expuso. Pido al tribunal se sirva ejecutar la medida de embargo preventivo, decretada por el Juzgado de la causa, sobre la cantidad de VEINTICINCO MIL TRESCIENTAS SESENTA Y NUEVE ACCIONES, de un valor nominal cada una de UN MIL BOLIVARES cada una, con un capital suscrito de VEINTICINCO MILLONES TRESCIENTOS SESENTA Y NUEVE MIL BOLIVARES (Bs. 25.369.000,00), que consta del acta de asamblea extraordinaria de accionistas celebrada en fecha trece (13) de mayo de Mil Novecientos Noventa y ocho (1.998), que tiene suscritas y pagadas la ciudadana CAROLINA MARIA CABRERA CORDERO en la SOCIEDAD MERCANTIL METALIZACIONES CABRERA COMPAÑÍA ANONIMA (MC, C.A), cuya acta constitutiva se encuentra debidamente registrada en este registro mercantil, en fecha doce (12) de Diciembre de Mil novecientos noventa y cuatro (1994), bajo el Nro 36, Tomo 6-A, cuarto trimestre, y el acta de asamblea general extraordinaria de accionistas registrada en fecha cinco (05) de Junio de Mil Novecientos noventa y ocho (1998) bajo el Nro 21, tomo 8-A, segundo trimestre.