COMISION CIVIL N° 727:
JUZGADO COMITENTE: Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta. Mandamiento de Ejecución presentado en fecha 31/5/2006.
PARTE ACTORA: América González de Campos
PARTE DEMANDADA: Celestina del Valle Moreno y Ramón José Aguirre Moreno
MOTIVO: Intimación de Honorarios Profesionales – Embargo Ejecutivo
ESTADO ACTUAL: CUMPLIDA. Devuelta al Juzgado de la Causa, según Oficio N° 168-06, de fecha 13/06/2006. Constante de diecisiete (17) folios útiles.
ACTA DE TRASLADO
En esta fecha trece de Junio del año Dos Mil Seis, siendo las Diez Antes-Meridiem, previa habilitación del tiempo necesario, oportunidad señalada por este Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios Arismendi, Antolin del Campo y Gómez de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, para tener lugar la práctica de la medida Ejecutiva de Embargo, decretada y ordenada en comisión por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil Agrario y del Tránsito de la misma Circunscripción Judicial, en el juicio seguido por AMERICA GONZALEZ DE CAMPOS, contra CELESTINA DEL VALLE MORENO y RAMÓN JOSÉ AGUIRRE MORENO, por INTIMACIÓN DE HONORARIOS PROFESIONALES, se trasladó el Tribunal en compañía del ciudadano José Rafael Campos, titular de la cédula de identidad número 3.206.595, en su carácter de coheredero de la ciudadana América González de Campo, debidamente asistido en este acto por la Doctora Joana Rodríguez López, abogada en ejercicio, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 75.279, de una Comisión Policial al mando del Distinguido Jean Rodríguez, titular de la cédula de identidad número 14.840.641, y se constituyó en el Sector Salamanca, frente a la carretera que de la Asunción conduce a Manzanillo, Sector Cocheima, hoy Municipio Arismendi del Estado Nueva Esparta, específicamente en una parcela de y la casa quinta sobre ella construida, con una superficie aproximada de 1312 metros cuadrados, comprendido dentro de los siguientes linderos: NORTE: Terreno que es o fue de Ángel Campos; SUR: Terreno que es o fue de la Sucesión Villarroel; ESTE: Su fondo en 82 metros con terreno que es o fue de Gregorio López y OESTE: Su frente 16 metros, con la carretera La Asunción-Salamanca. La casa quinta que se encuentra en el mencionado parcelamiento tiene una superficie de 284 metros cuadrados de construcción, incluyéndose también dentro de la referida parcela una casa para desahogo que queda al fondo, con una superficie de 176 metros cuadrados, sitio especificado en la presente comisión, y al cual fue conducido este Tribunal por la parte intimante y su abogada asistente. Constituidos en dicho sitio se abrió el acto, el Tribunal procede a tocar en tres oportunidades la puerta principal del referido inmueble, a cuyo llamado atendió una ciudadana de nombre Teresa Aponte, titular de la cédula de identidad número 5.748.993, quien manifestó ser madre de la persona que tiene alquilada la planta baja de la casa quinta, procediendo a comunicarse con su hija, pero ésta le manifestó que no podía hacerse presente en el acto, por lo que se procedió a explicarle el acto que se iba a desarrollar, explicándosele en que consistía el embargo que encabeza estas actuaciones. Acto seguido y visto que la ciudadana notificada manifestó que en la planta alta vivían otras personas se procedió a tocar en tres oportunidades la puerta principal de la planta alta, a cuyo llamado nadie atendió, por lo que continuamos desarrollando el acto. Seguidamente este Tribunal nombra Perito Avaluador al ciudadano Pablo Torcat Ramos, titular de la cédula de identidad número 11.855.465, y a la Depositaria Judicial Nueva Esparta, C.A., mediante su Representante Yenifer Paolo Cova, titular de la cédula de identidad número 12.921.672, quienes estando presentes aceptaron el cargo y prestaron el Juramento de Ley. DE seguida la parte actora, ciudadano José Rafael Campos, antes identificado, con la debida asistencia jurídica expone: Solicito del tribunal declare embargado ejecutivamente el inmueble en el que nos encontramos constituidos, suficientemente descrito en la presente acta, y el cual le pertenece a la ciudadana Celestina del Valle Moreno, según consta de documento protocolizado por ante la Oficina de Registro Público del Municipio Arismendi, en fecha 29/05/1975, bajo el número 49, Protocolo Primero, folios 111 al 113, y sus vueltos, Tomo II, segundo trimestre del referido año, igualmente pido se fije el correspondiente cartel de notificación y se oficie lo conducente al Registrador Subalterno respectivo. Es todo. Acto seguido, este Tribunal vista la anterior exposición, acuerda de conformidad, en consecuencia se declara embargado ejecutivamente el inmueble en el que nos encontramos constituidos y lo pone en posesión de la Depositaria Judicial Nueva Esparta, C.A, en su representante Yenifer Paola Cova, antes identificada, quien lo recibe conforme para su guarda y custodia. Seguidamente el Perito Avaluador nombrado al efecto expone: Valoro el inmueble embargado en la cantidad de Doscientos Sesenta Millones de Bolívares (Bs. 260.000.000) por las condiciones en que se encuentra. Es todo. Este Tribunal ordena fijar el correspondiente Cartel de Notificación en la puerta principal del referido inmueble y se ordena oficiar lo conducente al Registrador Subalterno del Municipio Arismendi de este Estado. Cumplida como ha sido la presente comisión y terminado el acto del traslado acuerda regresar a su sede natural, siendo las Doce Meridiem. Terminó, se leyó y conformes firman.-
La Juez Provisoria,
Abg. Irina Díaz Farrera (ls)(fdo).
La parte intimante y su abogada asistente (fdo).
Por la Comisión Policial, (fdo.)
El Perito Avaluador, (fdo).
La Representante de la Depositaria Judicial Nueva Esparta, C.A., (fdo.)
La Notificada (fdo),
La Secretaria, (fdo).
En la misma fecha se constituyó el Tribunal en su sede natural y se envió Oficio N° 167-06 al Registrador Subalterno del Municipio Arismendi de este Estado, conforme está ordenado. Conste.-
La Secretaria,
Abg. Carmen Milano V. (ls)(fdo).
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