REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL DEL TRANSITO Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO NUEVA ESPARTA
La Asunción, 29 de Junio de 2006
196° y 147°
Vista la manifestación de Separación de Cuerpos y Bienes, presentada por los ciudadanos DIEGO ARMANDO DELGADO QUEVEDO y MIJUKI VANESSA LOPEZ COVA, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las cédulas de identidad Nros. V- 17.140.991 y 16.547.117 respectivamente, debidamente asistidos por el abogado JOSE VICENTE SANTANA ROMERO, inscrito en el inpreabogado bajo el N° 58.906. En consecuencia, la Jueza insta a las partes a reconciliarse y por cuanto no hubo tal reconciliación, declara la separación de cuerpos y bienes en la misma forma, términos y condiciones convenidas por los referidos ciudadanos de conformidad con lo establecido en los artículos 189 y 190 del Código Civil.
Expídanse las copias certificadas que fueron menester, las cuales se expedirán de conformidad con los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil. Cúmplase una vez sean suministradas las copias simples para su certificación.
LA JUEZA,
Dr. JIAM SALMEN de CONTRERAS.-
LOS CONYUGES
EL ABOGADO ASISTENTE
LA SECRETARIA,
Abg. CECILIA FAGUNDEZ.
EXP: N° 9279-06