La Asunción, 13 de Junio de 2006
196° y 147°


Visto el escrito presentado por el CIUDADANO OMAR JOSE MORALES FERNANDEZ, mediante el cual solicito PERMISO PROVISIONAL DE SALIDA, del vehículo Marca CHEVROLET, Modelo BLAZER 4X4, color BEIGE, Año 2000, serial de carrocería 8ZNDT13W5YV321751, Serial de Motor 5YV321751, Clase Camioneta, Tipo SPORT-WAGON Uso Particular, Placas MAJ-610, para que el mismo pueda salir fuera de la Jurisdicción del Estado Nueva Esparta por el período de vacaciones escolares, este Tribunal observa: En fecha 01 de Abril de 2005 este Tribunal dicto decisión mediante la cual ordena la devolución del vehículo, identificado en autos, en calidad de uso, guarda, custodia y mantenimiento, con la obligación de no venderlo o traspasarlo, permutarlo, darlo en administración ni cederlo en ninguna forma de derecho y no variar las condiciones en que se encuentra, reseñadas en la experticia realizada por el Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, mantenerlo en buen estado de conservación y uso, y presentarlo las veces que lo requiera la autoridad competente, así como la OBLIGACIÓN DE NO SACARLO FUERA DE LA JURISDICCIÓN DEL ESTADO NUEVA ESPARTA. Ahora bien, este Tribunal acuerda NEGAR EL PERMISO PROVISIONAL DE SALIDA DEL VEHICULO, en virtud que hasta la presente fecha no han variado las condiciones por la cual este Tribunal ordeno dicha medida. Notifíquese. Cúmplase.-
La JUEZA DE CONTROL NO.1

Dra. CARMEN BEATRIZ CAMARGO PATIÑO

La Secretaria,

Abg. MONTSERRAT PALLARES.
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto que antecede.

La Secretaria,

Abg. MONTSERRAT PALLARES.



ASUNTO N° OP01-P-2005-000777
CBCP/ldmr