REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal de Décimo Cuarto de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia
Maracaibo, 27 de junio de dos mil seis


N° DE EXPEDIENTE: VP01-L-2006-000141.
PARTE ACTORA: DIEGO MORENO, titular de la cédula de identidad: 15.749.375.
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: Gabriel Pernalete y Annie Martinez, Inpreabogado: 112.264 y103 072, respectivamente.
PARTE DEMANDADA: APLICACIONES GEODESICA Y TOPOGRAFICAS C.A (AG & T)
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: Janet Mogollon, Inpreabogado: 25.575.
MOTIVO: Prestaciones Sociales

Hoy, 27 de junio de 2006, siendo las 2:30 p.m., día y hora fijado para que tenga lugar la Prolongación de la Audiencia Preliminar, comparecieron a la misma las ciudadanos DIEGO MORENO, titular de la cédula de identidad: 15.749.375, asistido por los abogados Gabriel Pernalete y Annie Martinez, Inpreabogado: 112.264 y 103 072, respectivamente, en su condición de parte actora y APLICACIONES GEODESICA Y TOPOGRAFICAS C.A (AG & T) en su condición de parte demandada representada por su apoderada judicial Janet Mogollon, Inpreabogado: 25.575, celebrándose la prolongación de la audiencia donde las partes llegan a un acuerdo transaccional producto de la mediación, por todos y cada uno de los conceptos reclamados en el Libelo de Demanda, y que se dan por reproducidos, por la cantidad de CINCO MILLONES DE BOLIVARES EXACTOS (Bs. 5.000.000,00), que el trabajador ciudadano DIEGO MORENO declara recibir en este acto mediante cheque número: 13283470, en contra de Banesco Banco Universal, de fecha 26 de junio de 2006, y a favor de Diego Moreno, asimismo el trabajador declara que con este pago la empresa nada le queda a deber por ningún concepto generado de la relación laboral que mantuvo con ella. En este estado el Tribunal, visto que la mediación ha sido positiva, visto que el acuerdo transaccional celebrado no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, y por cuanto el trabajador actuó libre de constreñimiento, HOMOLOGA EL ACUERDO TRANSACCIONAL, le imparte el carácter de Cosa Juzgada, declara terminado el proceso y se ordena el archivo definitivo del expediente. Se deja constancia que han sido devueltas las pruebas consignadas por las partes al inicio de la Audiencia Preliminar. Es todo y conforme firman.
La Juez.
La Secretaria.

Mgs. Judith del Carmen Castro

El trabajador y sus abogados asistentes. La apoderada de la empresa.