REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DECIMO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO. EXTENSIÓN MARACAIBO.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL
Tribunal Décimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia
Maracaibo, seis (06) de junio de dos mil seis
196º y 147º
ASUNTO: VP01-L-2004-000976
Revisada como ha sido la transacción presentada por ciudadano RAFAEL CHACARE, debidamente asistido por la abogada JACQUELINE ALVARES, por una parte y por la otra el abogado ALEJANDRO PEROZO, en su carácter de apoderada judicial de las Sociedades Mercantiles demandada VIDEOS & JUEGOS COSTA VERDE, C.A, éste Tribunal, una vez analizados los términos en los cuales fue redactada la presente transacción, observa que la misma reúne los requisitos establecidos en el artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo, en concordancia con los artículos 10 y 11 del Reglamento, y por cuanto la misma no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, éste Juzgado Décimo de Primera Instancia de sustanciación, Mediación y Ejecución de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, HOMOLOGA LA PRESENTE TRANSACCIÓN, impartiéndole el carácter de Cosa Juzgado, se da por terminado el presente asunto y se ordena el archivo definitivo del expediente. Asimismo este Tribunal provee de conformidad con lo solicitado en la suscrita Transacción y en consecuencia se ordena expedir copias certificadas de la Transacción con inserción del presente auto. Así se Decide.-
El Juez


Abog. Hernán Fernández Labarca.

La Secretaria.

Abog: Yasmely Borrego.