REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEPTIMO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO. EXTENSIÓN MARACAIBO.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia
Maracaibo, ocho de junio de dos mil seis
196º y 147º
ASUNTO : VH01-X-2006-000022
Vista la diligencia presentada en fecha treinta (30) de Mayo de 2.006, por la Profesional del derecho Norelly Donado, parte actora en este proceso, por medio del cual Desiste del procedimiento, este Tribunal Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley HOMOLOGA el desistimiento del procedimiento y de la Acción; se imparte su aprobación pasándolo en autoridad de COSA JUZGADA declarando terminado el presente juicio que por INTIMACIÓN DE HONORARIOS PROFESIONALES sigue la ciudadana Norelly Donado en contra de la Sociedad Mercantil CELADORES MARA, C.A. y se ordena el archivo del expediente.-
DIOS Y FEDERACIÓN
El Juez
Abog. Frank Guanipa
La Secretaria,
¨2006, Año Bicentenario del Juramento del Generalísimo Francisco de Miranda y de la Participación Protagónica del Poder Popular ¨