REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL SÉPTIMO DE EJECUCIÓN
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA
Maracaibo, 17 de Julio de 2006.
196º y 147º
RESOLUCIÓN N° 400-06 CAUSA N° 7E-082-06.
Firme como ha quedado la decisión dictada por el Juzgado Séptimo de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, en fecha 16-06-2006, en contra del penado LISANDRO JOSE URDANETA VARGAS, este Tribunal de Ejecución, de conformidad con lo establecido en el artículo 482 de la Reforma del Código Orgánico Procesal Penal, pasa a Ejecutar dicha Sentencia y procede a la elaboración del cómputo legal respectivo:
El penado: LISANDRO JOSE URDANETA VARGAS, titular de la Cédula de identidad N° 13.653.014, fue condenado a cumplir la pena de DOS (02) AÑOS Y OCHO (08) MESES DE PRISION, más las accesorias de Ley por la comisión del delito de DISTRIBUCION ILICITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el tercer aparte del artículo 31 de la Ley Orgánica contra el Trafico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO.- Ahora bien, consta en actas que el mencionado penado fue detenido en fecha 29-03-2006, por lo que hasta el día de hoy 17-07-06, fecha en la cual se elabora el presente computo, lleva detenido TRES (03) MESES Y DIECIOCHO (18) DÍAS, faltándole por cumplir DOS (02) AÑOS, CUATRO (04) MESES Y DOCE (12) DÍAS.-Cumple la Pena Principal el día: 29-11-2008.- Cumple ¼ parte de la Pena impuesta el día 29-11-2006, para el beneficio de Destacamento de Trabajo.-Igualmente cumple 1/3 parte de la Pena impuesta el día: 19-02-2007, para el Beneficio Régimen Abierto.- Cumple la mitad (1/2) de la Pena impuesta el día 29-07-2007.- Cumple las 2/3 partes de la Pena impuesta el día 09-01-2008, para el Beneficio de Libertad Condicional; Cumple las ¾ partes de la Pena impuesta el día: 29-03-2008, para Confinamiento y por último se mantendrá sometido a la Sujeción a la Vigilancia por parte de la Autoridad por una 1/5 parte de la Pena impuesta hasta el día: 12-06-2009.- Regístrese la presente Resolución. Remítase copia certificada de la misma con oficio a la Directora de la Cárcel Nacional de Maracaibo, a la Fiscal 27 del Ministerio Publico, al Consejo Nacional Electoral, al Ministerio de Justicia División de Antecedentes Penales y al Capitán Willinger Gómez, de la Segunda Compañía del Destacamento N° 35 de la Guardia Nacional. Notifíquese.
LA JUEZ SÉPTIMO DE EJECUCIÓN.
DRA. MIRYAM MESTRE ANDRADE.
LA SECRETARIA.
ABOG. MARIA AÑEZ A.
En la misma fecha se registró la presente Resolución bajo el N° 400-06 y se libraron oficios N° 3787-06, 3788-06, 3789-06, 3790-06 y 3791-06 y boleta de notificación N° 823-06, con oficio al Alguacilazgo N° 3792-06.-
LA SECRETARIA.
MMA/bh.-
CAUSA N° 082-06.
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