REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE EJECUCIÓN

Visto el Acta de Defunción emanada de la Cárcel Nacional de Maracaibo, donde informan a este Tribunal que el penado MIGUEL ÁNGEL MENDEZ CARRUYO, falleció el día 19-06-06, en el interior de ese Establecimiento Penitenciario, esta Juzgadora pasa a resolver en base a las siguientes consideraciones:

Corre inserta en los folios (137) y (138) de la presente causa, oficio con Acta de Defunción, suscrito por la Cárcel Nacional de Maracaibo, donde informan que el penado MIGUEL ÁNGEL MENDEZ CARRUYO, falleció el día 19-06-06, en el interior de ese Establecimiento Penitenciario, a consecuencia de Asfixia por Ahorcamiento. Ahora bien, considera esta Juzgado que lo procedente en Derecho es declara la EXTINCION DE LA PENA POR MUERTE al mencionado penado. Y ASI SE DECLARA.-