REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL


CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA
JUZGADO NOVENO DE CONTROL
192° y 143°

ACTA DE AUDIENCIA ORAL

DECISIÓN N° 1534-06……………..............................................................................................9C-856-05

En el día de hoy, Lunes Diecisiete (17) de Julio del año dos mil seis (2.006), siendo las diez de la mañana (10:00 a.m), día y hora fijados por este Tribunal de Control para llevarse a efecto la audiencia oral para oír al Imputado WALTER CIRILO BRAVO PEREZ, en virtud de la Conclusión de la Investigación solicitada por el Defensor Privado Trino Molero, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 313 del Código Orgánico Procesal Penal. Verificada la presencia de las partes se constató que se encuentra presente, El Abogado MARTIN LANDAETA RINCÓN, Fiscal UNDECIMO del Ministerio Público del Estado Zulia, el Defensor Privado Trino Molero, el imputado WALTER CIRILO BRAVO PEREZ. Seguidamente el Fiscal del Ministerio Público, expone: “Solicito de este Tribunal de Control me fije un plazo de Treinta (30) días para concluir la investigación considerando lo antes expuesto un tiempo prudencial”. Seguidamente tomo la palabra la Defensa del imputado de autos, quien expone: “Estoy de acuerdo con lo solicitado por la ciudadana Fiscal del Ministerio Público a fin de que se haga el correspondiente acto conclusivo en la fecha que establece el tribunal. Es todo”. Acto seguido el Tribunal de Control hace el siguiente pronunciamiento: Vista la exposición fiscal, este Tribunal le fija un plazo de treinta (30) días, para que presente su acto conclusivo, contados a partir de la presente fecha para el imputado. Se concluye siendo las diez y treinta minutos de la tarde (10:30 a.m). Se deja constancia que se cumplieron con todas las formalidades de ley, quedando Notificadas las partes de la presente decisión. Se registró la presente decisión bajo el No 1434-06. Terminó, se leyó y conforme firman. Menos el imputado quien manifiesta no saber firmar y en su defecto estampa sus huellas dígitos pulgares.-
EL JUEZ DE CONTROL,

DR. HUMBERTO CUBILLAN VIVAS
LA FISCAL N° 11DEL M. P,


ABOG. MARTIN LANDAETA RINCÓ
LA DEFENSA PRIVADA


Abog. TRINO MOLERO

EL IMPUTADO

WALTER CIRILO BRAVO



LA SECRETARIA



ABOG: MARIA EUGENIA PETIT
CAUSA N° 9C-5856-05