REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA
JUZGADO SEPTIMO DE CONTROL
Maracaibo, 18 de Septiembre de 2006
196° y 147°
ACTA DE DIFERIMIENTO DE AUDIENCIA ORAL PRELIMINAR
(ORDEN DE APREHENSIÓN)
CAUSA: 7C-3523-01 DECISIÓN N° 2669-06
JUEZ: DRA. EGLEE RAMÍREZ.
SECRETARIO: ABOGADO ERNESTO ROJAS HIDALGO
IDENTIFICACION DE LAS PARTES
MINISTERIO PÚBLICO: ABOG. CARLOS JAVIER CHOURIO, FISCAL UNDECIMO DEL MINISTERIO PÚBLICO y ABOG. ROMULO JESUS PACHECO FERRER, FISCAL DECIMO SEPTIMO A NIVEL NACIONAL CON COMPETENCIA PLENA DEL MINISTERIO PUBLICO.
IMPUTADOS: ALAN FORTUNATO BENARROCH JIMENEZ, BARUCH DORON KAREN, ALBERTO MATIAS BRUSTIN ISGUIEFF y JOSE GABRIEL PAZ FUENMAYOR
DEFENSA PRIVADA: ABOG. MARCOS SALAZAR HUERTA.
DELITO (S): FRAUDE, previsto y sancionado en el Artículo 466 Ordinal 4º del Código Penal.-
VICTIMA (S): LA COLECTIVIDAD VENEZOLANO.
En el día de hoy, lunes (18) de septiembre de Dos Mil Seis (2006), siendo la una hora de la tarde (01:00 PM), día y hora fijados por este Tribunal pasa a celebrar la Audiencia Preliminar de conformidad con lo previsto en el vigente articulo 327 del Código Orgánico Procesal Penal, con motivo de la ACUSACION interpuesta por la FISCALÍA UNDÉCIMA DEL MINISTERIO PUBLICO y FISCALIA DECIMO SEPTIMO A NIVEL NACIONAL CON COMPETENCIA PLENA DEL MINISTERIO PUBLICO, en contra de los ciudadanos ALAN FORTUNATO BENARROCH JIMENEZ, BARUCH DORON KAREN, ALBERTO MATIAS BRUSTIN ISGUIEFF y JOSE GABRIEL PAZ FUENMAYOR, por la presunta comisión del delito de FRAUDE, previsto y sancionado en el Artículo 466 Ordinal 4º del Código Penal, en perjuicio de LA COLECTIVIDAD VENEZOLANO. Se constituyó el Tribunal, con la presencia de la ciudadana Dra. EGLEE RAMÍREZ, actuando como Juez Séptimo de Control de este Circuito Judicial Penal, en compañía del ciudadano ABOGADO: ERNESTO ROJAS HIDALGO, actuando como Secretario de este Tribunal. Acto seguido, se procede a verificar la presencia de las partes, por lo que el ciudadano Secretario deja constancia que se encuentran presentes: las Victimas, ciudadanos BERTA GUERRA, GUILLERMO RAMIREZ, OSWALDO HERNANDEZ, KATIUSKA ZAMBRANO, RUTH CORPAS, BENJAMIN EUCARIS, MAGOLA PEÑALOZA, MORELBA LEÓN, CIELO MARIA GARCIA, AREVALO PERNIA, HUMBERTO CASTRO, NELSON BARROSO, OLIVER SANCHEZ, ANGELA PAZ, MARIA URDANETA, ALIRIO ROMERO, RITA FERRER, OSWALDO HERNANDEZ, LACIDES DE LEON, MARIA GUDINO, JOSE QUERALES, NANCY MARQUEZ, NELIO ORDOÑEZ, RODRIGO CAMACHO, EGLA ZULETA, JULY DIAZ, BENIRIDA URDANETA, ELIDA RODRIGUEZ, y FREDDY URBINA, más no se encuentra presente el ABOG. CARLOS JAVIER CHOURIO, FISCAL UNDECIMO DEL MINISTERIO PÚBLICO, ni el ABOG. ROMULO JESUS PACHECO FERRER, FISCAL DECIMO SEPTIMO A NIVEL NACIONAL CON COMPETENCIA PLENA DEL MINISTERIO PUBLICO, así como tampoco los Imputados JOSE GABRIEL PAZ FUENMAYOR, ALNA FORTUNATO BENARROCH JIMÉNEZ, BARUCH DORON KAREN y ALBERTO MATÍAS BRUSTIN ISGUIEFF (los últimos tres en Orden de Aprehensión), quien se encuentran en libertad; así como también el Abogado de la Defensa, MARCOS SALAZAR HUERTA y los ABOGS. GIUSEPPE INFANTINO, HEBERTO GONZALEZ y HENDER PEREZ; por lo que este Tribunal requiere de la presencia de la referida ciudadana, para llevar a efecto la aludida Audiencia Oral Preliminar. Asimismo, por cuanto se observa que en fecha 16-06-2006, luego que la Sala Primera de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia anulara la AUDIENCIA PRELIMINAR dictada por este Tribunal, a cargo de la Dra. Erika Carroz, Juez Séptimo de Control, pero como quiera que quien aquí decide, es un Juez distinto al que dictó dicha decisión, es por lo que en la fecha citada, se fijó por primera vez la Audiencia Preliminar para el dia 10-07-2006, a las 10:30 de la mañana, donde los imputados JOSE GABRIEL PAZ FUENMAYOR, ALAN FORTUNATO BENARROCH JIMÉNEZ, BARUCH DORON KAREN y ALBERTO MATÍAS BRUSTIN ISGUIEFF fueron notificados mediante telegramas, la cual se difirió por solicitud de la defensa, pero a la cual no comparecieron los imputados de actas; por lo que se fijó por segunda vez para el día 07-08-2006, a las 10:30 de la mañana, siendo notificados por telegramas los imputados JOSE GABRIEL PAZ FUENMAYOR, ALAN FORTUNATO BENARROCH JIMÉNEZ, BARUCH DORON KAREN y ALBERTO MATÍAS BRUSTIN ISGUIEFF, pero tampoco comparecieron, ni tampoco la defensa; siendo fijada por tercera vez para el día de hoy (18-09-2006), a la 1:00 p.m.; pero ni los Representantes del Ministerio Público, ni la Defensa, ni los imputados de actas no comparecieron, de tal manera que a criterio de este Tribunal, los imputados JOSE GABRIEL PAZ FUENMAYOR, ALAN FORTUNATO BENARROCH JIMÉNEZ, BARUCH DORON KAREN y ALBERTO MATÍAS BRUSTIN ISGUIEFF (los últimos tres en Orden de Aprehensión), han demostrado que no se someterán al proceso, por lo que este Tribunal DECRETA ORDEN DE APREHENSIÓN en contra del imputado JOSE GABRIEL PAZ FUENMAYOR, identificado en actas, de conformidad con lo establecido en el artículo 44.1° de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, y ORDENA RATIFICAR ORDEN DE APREHENSIÓN a los imputados ALAN FORTUNATO BENARROCH JIMÉNEZ, BARUCH DORON KAREN y ALBERTO MATÍAS BRUSTIN ISGUIEFF, plenamente identificados en actas, de , de conformidad con lo establecido en el artículo 44.1° de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Asimismo, una vez aprehendidos los imputados de actas, se fijará en auto por separado la Audiencia Preliminar. Regístrese, publíquese y notifíquese. Y ASÍ SE DECLARA.-----------------------------------------------------------------------------------------
DISPOSITIVA
Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado Séptimo de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DECIDE: PRIMERO: DECRETA ORDEN DE APREHENSIÓN en contra del imputado JOSE GABRIEL PAZ FUENMAYOR, de nacionalidad venezolana, Cédula de Identidad N° 3.277.957, de profesión u oficio Presidente Administrador de la Lotería del Zulia y con domicilio en la calle N, entre avenidas 11 y 12, Residencias La Plazuela, casa N° 5, Monte Bello, Municipio Maracaibo del Estado Zulia, por la presunta comisión del delito de FRAUDE, previsto y sancionado en el artículo 466.4° del Código Penal, en perjuicio de LA COLECTIVIDAD, de conformidad con lo establecido en el artículo 44.1° de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. SEGUNDO: ORDENA RATIFICAR ORDEN DE APREHENSIÓN a los imputados ALAN FORTUNATO BENARROCH JIMÉNEZ, de nacionalidad venezolana, Cédula de Identidad N° 6.809.553, de profesión u oficio Presidente de la Operadora de Lotería 873 y con domicilio en la avenida Venezuela, Torre Klement, Nivel jardin, Oficina 01, El Rosal, Caracas, Distrito Capital, BARUCH DORON KAREN, de nacionalidad venezolana, Cédula de Identidad N° 5.425.030, de profesión u oficio Gerente de la Operadora de Lotería 873 y con domicilio en la avenida Venezuela, Torre Klement, Nivel jardin, Oficina 01, El Rosal, Caracas, Distrito Capital, y ALBERTO MATÍAS BRUSTIN ISGUIEFF, de nacionalidad venezolana, Cédula de Identidad N° 15.179.853, de profesión u oficio Gerente de la Operadora de Lotería 873 y con domicilio en la avenida Venezuela, Torre Klement, Nivel jardin, Oficina 01, El Rosal, Caracas, Distrito Capital, por la presunta comisión del delito de FRAUDE, previsto y sancionado en el artículo 466.4° del Código Penal, en perjuicio de LA COLECTIVIDAD, de conformidad con lo establecido en el artículo 44.1° de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela; y una vez aprehendidos los imputados de actas, ya identificados, se fijará en auto por separado la Audiencia Preliminar . Se deja constancia que se cumplieron con las formalidades de ley para este acto. Quedan notificadas las partes
del contenido de esta acta. Concluye el acto siendo la una y treinta minutos de la tarde (01:30 PM.). Termino se leyó y conformes Firman.-
LA JUEZ SÉPTIMO DE CONTROL
DRA. EGLEE RAMÍREZ
REPRESENTANTES LEGALES DE LAS VICTIMAS
ABOG. FREDDY URBINA
ABOG. HEBERTO GONZALEZ
ABOG. HENDER PEREZ
ABOG. GIUSEPPE INFANTINO
LAS VICTIMAS
NOMBRE Y APELLIDO: C.I: FIRMA:
BERTA GUERRA 5.829.313 ____________________
GUILLERMO RAMIREZ 2.083.138 ____________________
OSWALDO HERNANDEZ NO PORTA ____________________
KATIUSKA ZAMBRANO 9.783.359 ____________________
RUTH CORPAS 9.758.950 ____________________
BENJAMIN EUCARIS E-82.007.361 ____________________
MAGOLA PEÑALOZA 14.777.399 ____________________
MORELBA LEÓN 7.774.349 ____________________
CIELO MARIA GARCIA 14.902.950 ____________________
AREVALO PERNIA 901.989 ____________________
HUMBERTO CASTRO 2.878.235 ____________________
NELSON BARROSO 5.043.299 ____________________
OLIVER SANCHEZ 5.108.926 ____________________
ANGELA PAZ 1.078.712 ____________________
MARIA URDANETA 4.531.754 ____________________
ALIRIO ROMERO 1.825.454 ____________________
RITA FERRER 9.114.812 ____________________
OSWALDO HERNANDEZ 5.041.180 ____________________
LACIDES DE LEON 21.601.809 ____________________
MARIA GUDINO 1.671.124 ____________________
JOSE QUERALES 2.866.522 ____________________
NANCY MARQUEZ 1.648.287 ____________________
NELIO ORDOÑEZ 3.111.256 ____________________
RODRIGO CAMACHO 1.665.452 ____________________
EGLA ZULETA 5.805.139 ____________________
JULY DIAZ 5.055.387 ____________________
BENIRIDA URDANETA 7.628.379 ____________________
NELIDA RODRIGUEZ 7.755.885 ____________________
EL SECRETARIO
ABOGADO ERNESTO ROJAS HIDALGO
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en esta acta, se libra boleta de notificación, con oficio No. ______-06, al Departamento de Alguacilazgo.
EL SECRETARIO
ABOGADO ERNESTO ROJAS HIDALGO
CAUSA N° 7C-3523-01
ER/ja
|