Dispositivo
Por los razonamientos y fundamentos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, declara:
• SIN LUGAR: la apelación interpuesta por la profesional del derecho KARINA BORJAS PEREZ, actuando con el carácter de apoderada Judicial de la parte demandante, ciudadana MARISELA MASIEL MATOS DE JIEMENEZ, contra la decisión dictada por el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, de fecha 31 de mayo de 2006, y por vía de consecuencia;
• PERIMIDA la presente causa, presentada ante dicho Juzgado por la ciudadana MARISELA MASIEL MATOS DE JIMENEZ contra LUIS ANTONIO JIMENEZ JIMENEZ, ello de conformidad con lo previsto en los artículos 269 y 267, ordinal 1° del Código de Procedimiento Civil.
Queda de esta manera modificada la decisión apelada.
No se hace especial pronunciamiento sobre las costas procesales en virtud de lo decidido.
Regístrese y Publíquese. Déjese copia certificada por Secretaría del presente fallo de conformidad con el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 1.384 del Código Civil, ya los fines previstos en los ordinales 3 y 9 del artículo 72 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, a los treinta y un (31) días del mes de julio del año dos mil seis (2006). Año: 196º de la Independencia y 147º de la Federación.
El Juez,
Dr. José Gregorio Nava.
La Secretaria,
Marianela Ferrer.
En la misma fecha siendo las 3 y 29 minutos de la tarde y previo al anuncio de ley dado por el alguacil a las puertas del presente despacho, se dictó y publicó el fallo que antecede.
La Secretaria,
Marianela Ferrer.
JGNG/ca.
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