REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE:
JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA.-
Maracaibo, 18 de Julio de 2006
197º y 146º
Vista la diligencia presentada en fecha seis (06) de Junio de (2.006), por el ciudadano JORGE ANTONIO MORENO ROSAS, debidamente asistido por el abogado en ejercicio HUMBERTO GARCIA ALVARADO, mediante la cual consigna copia certificada del documento de propiedad relativo al bien inmueble objeto de partición, este Tribunal considerando que el convenimiento realizado por las partes intervinientes no lesiona derechos fundamentales protegidos por la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, ni ley específica alguna, procede a impartir la aprobación que requiere y en consecuencia HOMOLOGA el convenimiento que encabeza las actuaciones del presente expediente en los términos y condiciones expuestos por las partes, todo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, dejándose a salvo los derechos de terceros. Asimismo, se ordena expedir por secretaria dos (02) juegos de copias certificadas y un juego de copias certificadas mecanografiadas, del escrito de partición y de la presente decisión, de conformidad con lo solicitado por las partes en el escrito de partición. Así se decide.-
PUBLIQUESE Y REGISTRESE.
Déjese copia certificada por Secretaría de la presente decisión a los fines legales previstos en los ordinales 3° y 9° del artículo 72 de la Ley Orgánica del poder Judicial, y de conformidad con lo establecido en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil y 1.384 del Código Civil.
Dada, sellada y firmada en la Sala de Despacho del Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia en Maracaibo a los dieciocho (18) día del mes de Julio de Dos Mil Seis (2.006). Año: 197° de la Independencia y 146° de la Federación.
La Juez,
La Secretaria Temporal,
María Silva García.
Rosalinda Rincón
En la misma fecha, siendo las dos (02:00 de la tarde), se dictó y publicó la anterior resolución.-
La Secretaria Temporal,
Rosalinda Rincón
MSG/icv.-
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